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  • Sucesion: Partición de herencia, caso particular.

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 #857083  por csr79
 
Estimados colegas: hice varias sucesiones pero ninguna con estas características y me encuentro un poco perdido. Inicié la sucesión de un matrimonio y ya tiene declaratoria en favor de sus 4 hijos. El acervo se compone de un inmueble ganancial y de titularidad de ambos causantes (A), en tanto que otro inmueble sólo posee Acta de Constatación de Ley Pierri, de caracter ganancial también (B).
Ahora bien, los herederos están de acuerdo en que el inmueble A sea adjudicado a una heredera, en tanto que el B (de mucho mayor valor) lo sea a otra, recibiendo los otros dos herederos una compensación en dinero.
Las consultas son: 1) Puedo hacer partición privada con dichas características (adjudicación a dos herederos y compensación en dinero a los otros))?
2) Se requieren certificados de inhibición y dominio en tal caso o solo presento el convenio de partición con firma certificada para evitar ratificación?
3) La heredera que recibe el inmueble A ya lo vendió por boleto de compraventa, ahora puede pedir el tracto abreviado en lugar de inscribir su hijuela?
4) La heredera que recibe el inmueble B, puede inscribir su hijuela aun cuando el trámite de consolidación dominial (ley Pierri) no se encuentra iniciado?
Desde ya muchas gracias a todos.
 #857212  por ANAMARIAP
 
Hola, bueno en principio te digo como hago yo en esos casos. Solicito la inscripción como siempre, inhhibiciones de los causantes, informes de dominio, pago de tasa y sobretasa, declaracion jurada patrimonial, valuación fiscal. Y asimismo acompañas un convenio (que realizás con las partes y tu firma también extrajudicalmte) donde constan la forma en que se hará la particion de los bienes. solicitás que se tenga por aprobado dicho convenio y se libren testimonio y oficios de estilo conforme ello. O que tal bien se hará por tracto abreviado conforme el acuerdo.
Una vez ello, regularán honorarios y listo.

Saludos, ANAMARIA

PD: Si querés tengo un modelo de dicho convenio.
 #857304  por ANAMARIAP
 
CONVENIO DE PARTICIÓN HEREDITARIA ENTRE HEREDEROS.

En ……., a los … días del mes de …. del año …, comparecen por una parte la Sra. ……, DNI …., con domicilio en ….., Partido de …, y por la otra el Sr. ………., DNI ……., con domicilio en la calle ….., Partido de ……., ambos con el patrocinio letrado de la Dra. ……….., con Estudio Jurídico sito en ………….., Partido ………., las partes convienen la partición y adjudicación de los bienes producto del acervo hereditario de los causantes, en el expediente caratulado "....." que tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial N°... del Departamento Judicial de ....., y que se distribuirán de acuerdo con las siguientes estipulaciones:
Primera: El lote de terreno, ubicado en ……., Partido de …….., Provincia de Buenos Aires, designado en el plano de subdivisión …………….. Nomenclatura Catastral: Circunscripción … , sección …, manzana ……., parcela …….. del partido de ……… partida inmobiliaria nro. ………. Dominio: Folio nro …./…., quedará en propiedad de la Sra. ………….., DNI ………., argentina, nacida el ………., con domicilio en ……………. Partido de …….., CUIT …….. casada en primeras nupcias con ………., en un porcentaje del 100%.
Segunda: El bien bajo el régimen de la ley nacional trece mil quinientos doce la Unidad Funcional número …. de la finca ubicada en el Partido ………., Jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, con frente a la calle ………., hoy número ……., esquina …. sin número. Dicha Unidad Funcional está integrada por el polígono ………., se compone de una superficie cubierta de ……….. metros ………. decímetros cuadrados, descubierta de ……metros cuadrados; o sea un total de …….. metros ……. decímetros cuadrados, linda: al Sud Este; calle ………, al Sud Oeste, calle ….. al Nord Oeste, parte parcela quince y al Nord Este, polígono cero cero-cero uno, le corresponde un porcentual de cero entero, quinientos ocho milésimos por ciento, y tiene acceso directo desde la vía pública por el número ……….. de la calle …... Nomenclatura Catastral: Circunscripción ……., Sección …, Manzana …, Parcela …. del Partido de ………. Partida Inmobiliaria nro. ………. Dominio: Matricula …../…. de ……, quedará en propiedad del Sr. ………., DNI ……., argentino, nacido el ……….., con domicilio en la calle …….., Partido de ………., CUIT ………… casado en primeras nupcias con ……., en un porcentaje del 100%.
En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. Conste.-

Un saludo, ANAMARIA
 #857714  por csr79
 
Anamaría, muchas gracias por tu respuesta. Con respecto a la primera pregunta, se puede hacer la partición adjudicando dos bienes a dos coherederos (uno a cada uno) y que los otros dos reciban dinero como compensación? Gracias nuevamente!
 #857799  por ANAMARIAP
 
csr79 escribió:Anamaría, muchas gracias por tu respuesta. Con respecto a la primera pregunta, se puede hacer la partición adjudicando dos bienes a dos coherederos (uno a cada uno) y que los otros dos reciban dinero como compensación? Gracias nuevamente!
Sí, se puede, agregá esas clausulas al respecto, adecualo a tu situación. Un saludo, ANAMARIA
 #943668  por Nague
 
Una duda... Tengo un caso parecido al que comentaba csr79 donde dos herederos quienes repartirse 2 bienes inmuebles y poner uno a nombre de uno y el otro a nombre del otro respectivamente. Hay acuerdo entre ellos respecto de cual se queda con cada uno y en compensar eventualmente la diferencia de valor que pueda existir.

Tengo entendido que es necesaria la intervención de peritos (art. 3466 y 3468) para: 1) inventariar, 2) avaluar y posteriormente el juzgado hace la adjudicación de los bienes propiamente dicha...

1) ¿esto ocurre siempre aunque haya acuerdo de los coherederos? Pregunto porque esto seguramente tiene un costo, y una demora, significativamente superior a que ambos herederos se pongan de acuerdo en un convenio y lo presenten para su homologación en el Juzgado.

2) ¿los pasos serían: a) presentar el convenio, b) pedir la homologación del mismo y c) una vez homologado pedir oficio y testimonio para inscribir en los respectivos registros de la propiedad?

3) ¿Se cobran honorarios similares a los que se cobrarían si se tratara de una venta por tracto abreviado?

Desde ya muchas gracias a los colegas que me puedan contestar.
 #973345  por gaby1979
 
Hola! tengo que inscribir la declaratoria de herederos de un inmueble que le corresponde a una de las coherederas en virtud del convenio de partición y adjudicación que firmaron entre todos los herederos, cual es la forma... oficio y testimonio? se transcibe en el testimonio el convenio por el cual se adjudica el inmueble que pretende inscribir??

Gracias
 #973351  por mcnulty
 
En el Registro de Capital se inscribe con testimonio (+minuta) , en provincia creo que con oficio y testimonio.
En el testimonio se transcribe la Declaratoria de Herederos y el Convenio de partición (si se adjudicaran varios bienes transcribis solo la parte pertinente al inmueble en cuestión).
 #973408  por gaby1979
 
mcnulty escribió:En el Registro de Capital se inscribe con testimonio (+minuta) , en provincia creo que con oficio y testimonio.
En el testimonio se transcribe la Declaratoria de Herederos y el Convenio de partición (si se adjudicaran varios bienes transcribis solo la parte pertinente al inmueble en cuestión).

Muchas gracias!
 #1099694  por Doctomasito
 
Hola gente. La presentación de este tipo de convenio, con la ratificación de firmas que suele exigir el juzgado, es lo que suele utilizarse como reemplazo de la cesión de derechos hereditarios ( aunque la naturaleza jurídica de una y otra figura sean diferentes ), que, según la prescripción del art. 1184 del Cod. Civil debe hacerse a través de escritura pública ? Muchas gracias.
 #1135205  por Romitesta
 
Buenas noches. En la sucesion de mis padres que actuo como abogada en causa propia, hay tres casas para 4 herederas.
Hicimos un primer convenio con una adjudicaciòn de una propiedad a una de mis hermanas y las otras dos a las tres restantes. El cual tiene orden de inscripciòn.
Como acordamos otras adjudicaciones por las cuales nos adjudicamos una heredera cada propiedad y la heredera no adjudicataria fue compensada en dinero, antes de presentar el convenio hablé con quien lleva el expediente y me dijo que no habia inconveniente en presentarlo de ese modo incluyendo la compensaciòn.
Asi lo hice.
Esta semana salio el proveido diciendo que debe perfeccionarse por escritura pública por considerar el acuerdo una cesiòn del derechos hereditarios.
Hoy fui a hablar al Juzgado y me dicen que el hecho de que la compensación no sea con dinero de la sucesiòn es considerado al acto como una cesion de derechos hereditarios.
Habia preparado un recurso de revocaciòn con apelaciòn en subsidio pero no quiero dilatarlo màs por lo que invocarè el art. 2369 del nuevo código, ex Art. 3462 del viejo código.
Alguien tuvo un caso similar?.
Pudo resolverlo?
La sucesiòn es de Pcia. de Bs. As..
Gracias!!!
 #1155845  por sc
 
Hola Romina, como pudiste resolver, hiciste la cesión de derechos, estoy con un caso similar en provincia de Bs As, todos los herederos le dejan el bien a un de ellos, y habrá una compensación economica, hablé en el juzgado me dijeron que presente el acuerdo, pero que no era seguro, que deberían evaluar si corresponde la cesión, en lugar de la partición privada.
saludos.