Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • usuario contra Metrogas

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #839824  por julialfa
 
Hola Colegas:
A efectos de que el propietario de un inmueble (comercial) sito en provincia de Bs As (Lanús), solicite vista de un expediente que abrió Metrogas a un inquilino, por hallarlo (al inquilino del inmueble) con una conexión directa, que ley procedimental rige: la de Nación 19549 o la de Pcia 7647?

Otra Pregunta: qué tipo de contrato une a Metrogas con el usuario? Es suministro?

Espero sepan entender, no hago derecho administrativo, la propietaria es mi madre y actualmente no la quieren reconectar sin que pague por conexión directa desde 2001 hasta la actualidad, lo mas gracioso es que en el local desde 2002 hasta la actualidad no hubo gas y ahora que quiere pedir medidor, se desayunó con todo este tema. :oops:

Saludos
Julia
 #856983  por carolinegb
 
Metrogas es licenciataria de la distribucion de gas natural y su relación con los usuarios es mixta; depende el tipo de reclamo por parte de este último corresponderá la justicia comercial o contencioso administrativo federal.
Atento a que la licencia fue otorgada por el PEN y a que presta un servicio de jurisdicción nacional, peticiona la vista en los terminos de la LNPA y su Dec. Reglamentario. No obsta a que sea una sociedad de derecho privado ya que al prestar un servicio publico, se aplican ciertas disposiciones y entre ellas la de la vista.
No obstante, tiene razón MEtro ya que las conexiones directas sin autorización y no siendo gran usuario autorizado, no estan permitidas.
Tendrás que probar que no hubo gas, lo cual veo medio dificil, en todo caso exigile a metro que demuestre que allí se suministraba efectivamente. Lo que van a hacer es cobrarte un consumo estimado por todo ese periodo.
Una vez que resuelvan por la negativa, poder ir al ENARGAS.
 #857262  por julialfa
 
Hola Carolinegb, muchas gracias por evacuar mi consulta.
Luego de la vista, yo pensaba atacar por el lado de que no hubo contrato de suministro entre la propietaria y Metrogas, sino que en ese momento el titular del servicio era un inquilino, por ende, es una relación contractual de la cual la propietaria no es parte.
Y posteriormente, cuando detectan la conexión directa le labran el acta también al inquilino, quien se presenta en Metrogas y hace un plan de pagos, que luego no cancela.
Entonces,no entiendo porque hacen cargo a la propietaria de una cuestión en la cual no tiene ni arte ni parte.
Vos que crees al respecto?
Saludos.Juli
 #864437  por carolinegb
 
Hola! Recien veo tu respuesta, de casualidad; no se porqué no me avisa al mail.
Cómo está el tema ahora?
Las facturas a nombre de quien estaban durante el periodo reclamado?

En las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución de Gas Natural se establece: La Distribuidora no reanudará el servicio en las instalaciones del Cliente, cuando dicho servicio se hubiera discontinuado en razón de cualquier acto o incumplimiento del Cliente, hasta tanto el Cliente haya corregido la situación o situaciones que ocasionaron la discontinuidad del servicio.

El tema es que aquí tampoco hay Cliente porque la conexion fue clandestina. Cliente es cualquier persona física o jurídica que solicite o utilice el servicio de provisión y/o venta, de transporte o de almacenaje brindado por la Distribuidora en un lugar determinado, o en varios lugares. En cambio «Consumidor» es aquel Usuario que adquiere el Gas para consumo propio mediante medidor único.

Aparentemente tu mama era considerada usuaria, pero tras una inspeccion se detecto una conexion directa - sin medidor. Por lo que entiendo de tu relato de los hechos. Ahora bien, como sabes que no tenia gas? No tenia porque no lo usaba? No tenia porque se lo habian restringido al locatario por esta situación que ahora se desayuna?

Respecto del "nomen iuris" del contrato; si el consumidor es un Cliente, se lo llama "Contrato de Servicio". Es un contrato que lo firman ambas partes. Entiendo que en esta sit. no habrá contrato de servicio ya que, repito, la conexion es clandestina. Con el usuario no hay un contrato de ese estilo ya que implica la prestación de un servicio público y hasta se pueden invocar las defensas previstas en la Ley de Defensa al Consumidor. Es decir,el Usuario paga una tarifa y se le presta el suministro, punto.

Por otro lado, podrias presentarte aduciendo falta de legitimación pasiva ya que el plan de pago es de otra persona y la prestación del servicio no es como las deudas x expensas que siguen a la cosa. Quizas si la prestacion aun continuaba a nombre de tu mama, habria un problema. Pero implicitamente Metro reconocio al locatario como titular de la prestación y en base a ello se hizo el plan de pagos; no podrian actuar en contra de sus propios actos... se me ocurre como defensa...

Saludos!!!