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 #857350  por Iurisa
 
alguien sabe?
En Lomas, tengo un contrato de alquiler de inmueble destino vivienda. Preguntas: el sellado se hace en el Bco. Pcia.? y luego? pasa por alguna entidad mas? certificacion de firmas se hace? donde? Contrato con clausula de "convenio de desocupacion".
Y en caso de local comercial'? es igual q para vivienda?
gracias!
 #863846  por Emilia85
 
Hola! cómo estás?

Por el contrato de alquiler se paga un timbrado en el Banco Pcia, es el 1% del monto total del contrato.. es decir... sumas los 24 meses que dura una locación de inmuebles para vivienda y a ese total le sacas el 1 % (fijate si ese porcentaje cambió, en Cba al menos es ese el importe).

Es recomendable hacer certificar las firmas, ya sea ante escribano, juez de paz (gratis) o policía (se paga una tasa), para que en caso de ir a un futuro juicio te ahorras la pericia.

En cuanto al convenio de desocupación no lo tengo claro, pero una amiga consultó a una profesora y le dijo que no es necesario el convenio, que en la práctica no se usa.. pero no se decirte específicamente por qué.

Saludos.
 #864010  por zaffaroni
 
el convenio de desocupacion es de lo mas comun, te diria que yo no hago contrato de locacion sin convenio
 #864028  por drelinag
 
desde el año pasado para poder sellar el contrato en banco provincia hay que pasar primero por arba, te dan un link donde tenes que llenar una serie de declaraciones juradas, una vez hechas las envias y cuando te dan el ok recién podés ir al banco a sellar.
 #864334  por Emilia85
 
Pero tengo entendido que al convenio de desocupacion hay que homologarlo, e igualmente, haya o no convenio, para desalojar al inquilino hay que hacer juicio de desalojo. Cual es el fin de convenio? para mi es lo mismo hacerlo o no.
 #866827  por lyzbeth83
 
Concuerdo con zaffaroni, no es lo mismo ir a un juicio de desalojo que solicitar una homologación de convenio, es de lo más usual hacer convenios de desalojo juntamente con los contratos de alquiler, yo tampoco haría un contrato de alquiler sin un convenio de desalojo…lo más recomendable, como ya te dijeron antes, es hacerlo ante el escribano, más allá de la simplicidad que pueda tener la redacción del contrato, lo que te sirve es la certificación de firmas, que en caso de un pleito futuro te ahorra la pericia caligráfica. El de vivienda será por 2 años de duración y el de local comercial por 3, en cuanto a los sellados soy del sur y aquí se hace en el banco provincia, y con respecto al contrato de local comercial aquí se deben abonar ingresos brutos en el ente municipal, averigua si allí corresponde algo similar…saludos… PD: como recomendación podés adjuntar a los contratos un inventario de las cosas que se encuentran en la vivienda (por ej. calefactores, cocinas, etc etc…. Con su respectiva marca y el estado en el que se encuentran) … te va a servir para constatar el estado del inmueble al momento de recibir la llave cuando concluya el contrato, hace constar en una cláusula del contrato que adjuntas el inventario y que el mismo forma parte del contrato y que también lo firmen.
 #867054  por Iurisa
 
lyzbeth83 Gracias por la informacion! la tendre muy en cuenta.
gracias Emilia85, drelinag, zaffaroni!
Ayuda mucho leer sus opiniones... Ayuda mucho este foro, mas a personas que no tienen un abogado en la familia ni en el circulo de amigos, con quien discutir de estos temas...
Gracias
:P
 #867702  por Gisela123
 
chicos, en mi caso se trata de un contrato comercial por un alquiler de $ 4000, cuanto se cobra la redaccion y como es el tema de los sellados?
gracias de antemano!
 #896222  por nadiahakin
 
me quedo la duda... yo como abogada realizo el contrato y como mucho intercedo en la certificacion de firmas... luego me hago cargo del pago del sello de arba?

cuales son los pasos a seguir desde que realizo el contrato hasta qur tiene validez? tengo miedo de saltearme algun paso...

GRACIAS POR SU AYUDA!!!