Gente, les pregunto, me regulan honorarios y mandé cedula de ello. Ahora bien, yo los apelo y me conceden el recurso, tengo que mandar nuevamente cedula con mi escrito de memorial.
¿Esta mal esto?
Porque la primera fue con tanscripcion del art 54 ue debe abonar en 10 días
Y ahora mando otra.
¿Algo hice mal no?
Gracias a quien pueda darme una mano
ANAMARIA
¿Esta mal esto?
Porque la primera fue con tanscripcion del art 54 ue debe abonar en 10 días
Y ahora mando otra.
¿Algo hice mal no?
Gracias a quien pueda darme una mano
ANAMARIA