Doncella_de_Orleans escribió:Briank escribió:La nulidad no tiene sentido, no podrian pedir nulidad si contestaron, aca se discute otra cosa, se discute si contestaron bien en tiempo y forma, se perdio la cedula, pero contestaron, yo consenti que fue en tiempo y forma por mas que hayan contestado 2 meses mas tarde, igual creo que lo habian hecho el ultimo dia que podian.
No, el que podría pedir la nulidad sos vos, no ellos.
Doncella: entendí a qué te referías; lógicamente a quien le causa perjuicio la resolución es el que puede plantear la nulidad (en este caso, Briank).
Doncella_de_Orleans escribió:Si lo tuvieron por contestado en tiempo y forma y vos no planteaste la nulidad de ese proveído atento no existir constancia de la notificación para poder contar los plazos, YA CONSENTISTE.
Recordá que lo que no está en el expediente no existe. Hablar con la gente del juzgado (pinche o juez) solo te condiciona peor porque si te dicen "Dr. Haga A" y vos no estás de acuerdo y hacés B, después los van a tener en contra. El juzgado siempre va a tratar de tener el menor trabajo posible, y el notificador zafar de su responsabilidad. Si vos consentiste tener por contestado eso, liberaste al juzgado y al notificador y te jodiste vos porque no sabés si fue en tiempo y forma.
En mi opinión no hay que hablar con nadie. Ves las constancias y actuás en consecuencia. Los expedientes charlados van siempre para peor. Es un consejo, si te sirve, tomalo.
Suerte.
Briank: a lo que Doncella se refería era a que VOS plantearas la nulidad. La contraparte nunca va a querer plantear la nulidad, porque obviamente el proveído que la tiene por presentada/por contestada no la perjudica en nada, sino todo lo contrario. Bueno, no sé si se entendió...
Está bueno el consejo, para que lo tengas en cuenta para otra oportunidad.
Saludos a ambos!