hola a todos, una persona que se va a jubilar por el regimen de la construcción debe renunciar? no puede seguir trabajando en la construcción porque según la ley es incompatible? es así?
Real escribió:gracias, pero se puede renunciar el mismo día del turno, cuando sabés que ya la ingresaron?no preguntaste si DEBE sino si PUEDE. son cosas distintas. no DEBE (si PUEDE) pero ningun profesional con buen criterio lo haria renunciar el dia de inicio.
Real escribió:si gracias, es la primera que ingreso por eso pregunto, no me ofende, no hay peor ignorancia que la falta de humildad.Real:
Uno pregunta para saber de la experiencia de los otros, nunca afirmé que lo iniciaria y lo haria renunciar, el mismo día, quería saber si al momento de iniciarla era requisito imprescindible el cese o si se podía ingresar y una vez asegurado el beneficio presentar la renuncia.
Perdón si mi pregunta era tan obvia.
Gracias por contestar.