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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #859467  por olmedo357
 
Les hago una consulta, en caso de que la anses no pague dentro de los 120 días, hay que iniciar la ejecución en el juzgado no? se practica liquidación y se pide embargo sobre los fondos de anses? cómo es el procedimiento por que nunca hice ninguna contra anses.
 #859538  por erl6177
 
Si, tenés que iniciar la ejecución en el juzgado. Además acompañas al escrito de ejecución la correspondiente liquidación de acuerdo a los parámetros de la sentencia a ejecutar. El embargo hasta tanto no haya una liquidación aprobada y una intimación a abonar lo resultante de la liquidación no te lo otorgan al menos desde mi conocimiento.
Saludos