Estimados! Mi duda es mas procesal que de familia. Estoy con una filiacion, que me la encomendaron en el estudio donde empece a trabajar, y esta bastante parado el tema, porque se lo pasaron a cuanta persona ingreso al estudio, y nadie hizo mucho que digamos.
El tema es que decretaron la nulidad de todo el proceso de prueba, por no haber notificado a un co-demandado el decreto de apertura a prueba (son 4 en total, hermanos y esposa del padre de quien se pretende la filiacion y hermano de crianza de la actora - los padres tanto biologico como de crianza fallecieron. Digo de crianza, porque es el que lo inscribio, respecto del cual, se solicita la impugnacion de la paternidad)
El año pasado corrigieron la omision de notificar, enviaron nueva cedula, y ahi lo dejaron. Ahora, lo agarro yo, lo empiezo a estudiar, y noto que no han notificado al fiscal el decreto de apertura, asique pensaba que si solicito la remision de los autos al fiscal, una vez que esté notificado, recien ahi comenzarian a correr los plazos para ofrecer prueba. ¿Estoy errada?
A partir de ahi, yo voy a pedir que se provea a mi prueba, ya que el ofrecimiento no entra dentro de la nulidad decretada, por ende, sería válido. ¿Esta bien?
SI alguien me puede guiar un poco, se lo agradeceria mucho, porque estoy bastante perdida. Me acabo de recibir, y como que me tiraron un rollo demasiado grande para mi "no experiencia". Desde ya, muchas gracias. Saludos!
El tema es que decretaron la nulidad de todo el proceso de prueba, por no haber notificado a un co-demandado el decreto de apertura a prueba (son 4 en total, hermanos y esposa del padre de quien se pretende la filiacion y hermano de crianza de la actora - los padres tanto biologico como de crianza fallecieron. Digo de crianza, porque es el que lo inscribio, respecto del cual, se solicita la impugnacion de la paternidad)
El año pasado corrigieron la omision de notificar, enviaron nueva cedula, y ahi lo dejaron. Ahora, lo agarro yo, lo empiezo a estudiar, y noto que no han notificado al fiscal el decreto de apertura, asique pensaba que si solicito la remision de los autos al fiscal, una vez que esté notificado, recien ahi comenzarian a correr los plazos para ofrecer prueba. ¿Estoy errada?
A partir de ahi, yo voy a pedir que se provea a mi prueba, ya que el ofrecimiento no entra dentro de la nulidad decretada, por ende, sería válido. ¿Esta bien?
SI alguien me puede guiar un poco, se lo agradeceria mucho, porque estoy bastante perdida. Me acabo de recibir, y como que me tiraron un rollo demasiado grande para mi "no experiencia". Desde ya, muchas gracias. Saludos!