Hola colegas, antes que nada quisiera agradecer que se tomen la molestia de leer el tema.
Tengo que iniciar de forma URGENTE una demanda interruptiva de la prescripcion (tengo entendido que es la demanda comun, a la que se le aclara que es interruptiva y se pide que no se corra traslado hasta subsanar el faltante) En este caso, mi faltante sería la mediación previa, ya que no llego con los plazos para realizarla.
Se puede iniciar igual (en capital) la demanda interruptiva, sin la mediacion?? Hay algo especial que se deba hacer al momento de sortearla??
Muchisimas gracias, Ana Cobos
Tengo que iniciar de forma URGENTE una demanda interruptiva de la prescripcion (tengo entendido que es la demanda comun, a la que se le aclara que es interruptiva y se pide que no se corra traslado hasta subsanar el faltante) En este caso, mi faltante sería la mediación previa, ya que no llego con los plazos para realizarla.
Se puede iniciar igual (en capital) la demanda interruptiva, sin la mediacion?? Hay algo especial que se deba hacer al momento de sortearla??
Muchisimas gracias, Ana Cobos