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  • CON LA DECLARATORIA DE HONORARIOS ES DONDE MAS SE COBRA?

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #862230  por jovenabogada23
 
HOLA A TODOS, BUENAS NOCHES.. ESTOY RECIEN EMPEZANDO.. MI DUDA ES, SE Q EN UNA SUCESION EN PROV DE BS AS ..SE REGULAN HONORARIOS POR ETAPAS, EN LA DH, CON LA INSCRIPCION.. YO QUIERO SABER DND ES Q SE REGULAN MAS HONORARIOS.. CON EL PEDIDO DE DECLARATORIA ?? NO HAY BIENES TODAVIA DECLARADOS, EL TEMA ES VEO MUCHOS CASOS EN DND EL ABOGADO SE PREOCUPA EN PEDIR LA DECLARATORIA Y DSP DEJAR EL EXPEDIENTE DE LADO.. GRACIAS A QUIEN PUEDA AYUDAR
 #862384  por kantaclaro
 
Como en todo juicio, deberá existir base firme sobre la cual regularlos. Para e caso, será la denuncia de los bienes. Sds
 #862422  por jovenabogada23
 
GRACIAS POR LA RESPUESTA, EL TEMA ES QUE YO ESTABA CON OTRA ABOGADA HACIENDO LA SUCESION Y ELLA INSISTE EN HACER HASTA LA DECLARATORIA Y DSP QUE YO LA SUSTITUYA, PERO ELLA COBRARIA EL 2/3 DE LO Q COBRARIO YO , ES ASI NO? ME CONVIENE ADEMAS ARREGLAR HONORARIOS POR AFUERA CON EL CLIENTE, PQ SI SE REGULAN $10.000 EN TODA LA SUCESION, LE TENGO Q DAR UN 2/3 A ELLA MAS SU APORTES, AMI ME QDARIA $2000 NADA MAS???? Y YO HICE CASI TODO EL LABURO HASTA LA DECLARATORIA PERO NO FIRMABA PQ NO TENIA MATRICULA, AHORA YA SI. OSEA NO DIGO QUE ELLA NO COBRE NADA OBVIO Q DEBE COBRAR POR SU FIRMA, PERO QUIERO SABER SI TENGO UNA POSIBILIDAD DE COBRAR UN POCO MAS POR EL TRABAJO Q HICE! GRACIAS
 #863117  por Hlws
 
jovenabogada23 escribió:GRACIAS POR LA RESPUESTA, EL TEMA ES QUE YO ESTABA CON OTRA ABOGADA HACIENDO LA SUCESION Y ELLA INSISTE EN HACER HASTA LA DECLARATORIA Y DSP QUE YO LA SUSTITUYA, PERO ELLA COBRARIA EL 2/3 DE LO Q COBRARIO YO , ES ASI NO? ME CONVIENE ADEMAS ARREGLAR HONORARIOS POR AFUERA CON EL CLIENTE, PQ SI SE REGULAN $10.000 EN TODA LA SUCESION, LE TENGO Q DAR UN 2/3 A ELLA MAS SU APORTES, AMI ME QDARIA $2000 NADA MAS???? Y YO HICE CASI TODO EL LABURO HASTA LA DECLARATORIA PERO NO FIRMABA PQ NO TENIA MATRICULA, AHORA YA SI. OSEA NO DIGO QUE ELLA NO COBRE NADA OBVIO Q DEBE COBRAR POR SU FIRMA, PERO QUIERO SABER SI TENGO UNA POSIBILIDAD DE COBRAR UN POCO MAS POR EL TRABAJO Q HICE! GRACIAS
Si, es asi hasta la declaratoria son 2/3 la inscripcion es la ultima etapa.

Ahora, estas cuestiones las arreglaron de palabra nomas? Si vos hiciste todo pero ella firmo los escritos y entre ustedes no firmaron nada estas al horno porque no hay manera de comprobar en trabajo que vos hiciste. Que es lo que arreglaron antes de iniciar la sucesion?
 #863121  por abogadamdq
 
jovenabogada23 escribió:GRACIAS POR LA RESPUESTA, EL TEMA ES QUE YO ESTABA CON OTRA ABOGADA HACIENDO LA SUCESION Y ELLA INSISTE EN HACER HASTA LA DECLARATORIA Y DSP QUE YO LA SUSTITUYA, PERO ELLA COBRARIA EL 2/3 DE LO Q COBRARIO YO , ES ASI NO? ME CONVIENE ADEMAS ARREGLAR HONORARIOS POR AFUERA CON EL CLIENTE, PQ SI SE REGULAN $10.000 EN TODA LA SUCESION, LE TENGO Q DAR UN 2/3 A ELLA MAS SU APORTES, AMI ME QDARIA $2000 NADA MAS???? Y YO HICE CASI TODO EL LABURO HASTA LA DECLARATORIA PERO NO FIRMABA PQ NO TENIA MATRICULA, AHORA YA SI. OSEA NO DIGO QUE ELLA NO COBRE NADA OBVIO Q DEBE COBRAR POR SU FIRMA, PERO QUIERO SABER SI TENGO UNA POSIBILIDAD DE COBRAR UN POCO MAS POR EL TRABAJO Q HICE! GRACIAS
Hola, ¿ahora estás matriculada y vas a patrocinar la sucesión con sustitución de patrocinio?, en provincia te pueden regular el mínimo, que es el 2 % por la inscripción de los bienes, ese porcentaje se calcula sobre el valor fiscal de los bienes que se han incluido en la declaración jurada, el abogado que interviene desde el inicio del trámite hasta la declaratoria, le pueden regular también el mínimo de la escala legal, que es el 6 % de acuerdo también al valor fiscal de los bienes denunciados en la sucesión.

¿Cuántos bienes son? ¿Cuál es la valuación actualizada de los mismos? ¿El cliente piensa inscribirlos todos los bienes de una?.

En lo que hace a la tramitación en el expediente, como ella ha sido la abogada patrocinante del o los herederos, al momento que vos solicitás la inscripción de la declaratoria respecto de los bienes, ella, como Abogada interviniente en el trámite hasta la declaratoria, manifieste percibir sus honorarios, ella pague sus aportes, y pague sus ingresos brutos. Y vos hagas lo propio en tu intervención como nueva Abogada en el expediente, luego de haberte sido regulados tus honorarios, entre otros requisitos que deberás cumplimentar al pedir inscripción.

Si hay inscripciones sucesivas de los bienes, hay regulaciones sucesivas, en cada inscripción te van a pedir, además de los certificados, etc, una valuación fiscal actualizada que puede variar con el paso del tiempo, ergo variará la regulación.

Te paso un ejemplo: Abogado 1 interviene del inicio hasta la declaratoria inclusive, por todo ese trabajo le regulan el mínimo, el 6% del valor fiscal de los bienes incluidos en la declaración jurada, en la sucesión hay 2 bienes, una casa y un auto. Los herederos deciden inscribir primero la casa por tracto abreviado al año de la declaratoria, ponen a otro Abogado: Abogado 2, a este le regulan el mínimo, el 2% sobre un valor fiscal pongamos de $50 mil. Pasa otro año, los herederos deciden inscribir el auto, ponen a otro abogado: Abogado 3, a este le regulan los honorarios por el mínimo el 2% sobre un valor fiscal de pongamos $ 10 mil. A todo esto en las regulaciones del Abogado 2 y del Abogado 3 también le vuelven a regular al Abogado 1, por su intervención en todo el trámite y hasta la DH. ¿Entendés?. ¿Quién sale ganando más? ¿Abogado 1, Abogado 2, o Abogado 3? depende de cuán larga fue la tramitación, cuántos años tramitó la sucesión, del valor fiscal de los bienes del sucesorio, porque por más que parezca que Abogado 1 salió ganando si sumás las regulaciones aún dejando fuera aportes + iibb, lo dividís por la cantidad de años del juicio, y le restás la pérdida anual de poder adquisitivo por inflación...respecto del Abogado 2 que en tiempo trabajó menos en tiempo o en esfuerzo que el Abogado 1...que justamente por haber trabajado menos tiempo, tuvo menos pérdida de valor adquisitivo que Abogado 1...¿Entendés?...De todos modos si sumás las regulaciones de cada uno de los Abogados intervnientes, sacando aportes + iibb, que en el ejemplo se les reguló el mínimo a solicitud de ellos mismos, en los 3 casos van a tener un denominador común, ninguno de los 3 va a alcanzar por su labor profesional, nunca, al salario mínimo vital y móvil que cobra en regla un trabajador en blanco, por darte un ejemplo de relación trabajo profesional - ganancia por regulación.

El tema si vos vas a arreglar con el cliente por tus honorarios, en el trámite no se puede eludir la parte fiscal del Abogado, porque te piden el comprobante de pago del impuesto a los iibb, como requisito previo a la inscripción, que deben forzosamente tributar cada Abogado que interviene en el expediente...¿qué quiero decir, por más que vos arreglés en negro con el cliente, tus honorarios por el trámite hasta la declaratoria, más la inscripción, tanto ella como vos van a tener que tributar, para Arba, cada una va a tributar la alícuota respecto de lo percibido, que en el caso es lo regulado, para ser transparente y no caer en irregularidades ella cobra lo suyo, y tributa lo suyo, si hay sustitución de patrocinio y vos intervenís en la inscripción, entonces vos cobrarás lo tuyo, y tributarás lo tuyo...lo mismo con la Caja y los aportes, ella debería pagar sus aportes, porque sus honorarios regulados están sujetos a los aportes de Ley...y vos pagarías tus aportes sobre tus honorarios regulados, descontando tu anticipo ius previsional...No es legal desde lo tributario que arreglés en negro, termina siendo más complicado, aunque a vos te parezca injusto, aunque vos no ganés "más"por lo que considerás tu trabajo, porque el hecho que vos hayas llevado la procuración del expediente, no te hace figurar ante el Juez, ante la Caja ni ante Arba, como la Abogada interviniente acreedora de honorarios y deudora de aportes y tributos, respectivamente...te lo aconsejo de buena onda...sin arrogancia ni nada de eso...mejor las cosas claras y transparentes...para la próxima es mejor que lleves tus propios casos si vas a trabajar por tu cuenta...suerte.
 #863154  por jovenabogada23
 
Hola! Buenas ..Si, te entendi perfectamente muchas gracias por toda la explicacion y tiempo dedicado. Muy amable, te cuento que ya estoy matriculada, y ahora pienso trabajar yo sola en todos los casos q me lleguen.
Mis clientes quieren vender la casa (estan pensnado en poner a la venta por inmboliaria) que es el unico bien de la sucesion, yo para pedir la inscripcion tengo q presentar informe de agrimensor, certificado de cesion, de dominio, declaracion jurada de bs,pagar tasa, sobre tasa, etc, dsp el pago de mis honorarios y de la otra letrada, mas los aportes que corresponde. El tema es q no cuentan con el dinero para hacer todo estos tramites, osea ..que me aconsejarias? q espere a q ellos vendan la casa y dsp me paguen los honorarios? pero el comprador no querra que la DH este inscripta para poder comprar o al menos señar la casa? Si yo firmo con ellos un convenio de honorarios por 12 mil pesos es mucha plata? es una casa en la cual el valor fiscal es de 90 mil segun las boletas de arba, pero ellos piensan ponerla a la venta en 250 mil.. Muchas gracias,perdon por todas las preguntas, pero la verdad q son mis primeros pasos, cualquier ayuda me vendria muy bien! saludos! *leo*
 #863616  por Hlws
 
jovenabogada23 escribió:Hola! Buenas ..Si, te entendi perfectamente muchas gracias por toda la explicacion y tiempo dedicado. Muy amable, te cuento que ya estoy matriculada, y ahora pienso trabajar yo sola en todos los casos q me lleguen.
Mis clientes quieren vender la casa (estan pensnado en poner a la venta por inmboliaria) que es el unico bien de la sucesion, yo para pedir la inscripcion tengo q presentar informe de agrimensor, certificado de cesion, de dominio, declaracion jurada de bs,pagar tasa, sobre tasa, etc, dsp el pago de mis honorarios y de la otra letrada, mas los aportes que corresponde. El tema es q no cuentan con el dinero para hacer todo estos tramites, osea ..que me aconsejarias? q espere a q ellos vendan la casa y dsp me paguen los honorarios? pero el comprador no querra que la DH este inscripta para poder comprar o al menos señar la casa? Si yo firmo con ellos un convenio de honorarios por 12 mil pesos es mucha plata? es una casa en la cual el valor fiscal es de 90 mil segun las boletas de arba, pero ellos piensan ponerla a la venta en 250 mil.. Muchas gracias,perdon por todas las preguntas, pero la verdad q son mis primeros pasos, cualquier ayuda me vendria muy bien! saludos! *leo*
Es que justamente esas cuestiones se arreglan ANTES de iniciar el sucesorio, se firmaba convenio, se presentaba en el sucesorio y te ahorrabas el problema, sino ahora pasa esto, ellos no tienen con que pagar...pensaron que iba a ser gratis, no se les aclaro el porcentaje que se les iba a cobrar? Por otra parte, jamas van a poder inscribir la declaratoria sino estan pagados en forma integra los honorarios de todos los abogados que hayan intervenido, asi que en definitiva la que se joroba sos vos, porque ellos ya tienen todo encaminado y como no tienen dinero dejan todo asi...consejo, renuncia, pedi que se te regulen honorarios y ejecutalos.