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  • Domigos y feriados empleados de comercio

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 #864100  por lauraaldana
 
Hola, es uno de mis primeros casos laborales, les hago la siguiente consulta voy a empezar el intercambio telegráfico, el trabajador es un empleado de comercio y trabaja los días domingos y feriados; los domingos se los pagaron como un día normal, y los directamente feriados no se lo pagaron. Como tendría que poner en el telegrama??

Otra pregunta: me leí el CCT de empleados de comercios y no dice nada con respecto a la liquidación de esos días...se rige por la LCT??

Desde ya muchas gracias!! Y cualquier ayuda es bienvenida!
 #864122  por ofvinals
 
Se rige por la LCT, todo lo que no este regulado por el CCT. Los sabados a partir de las 13 hs, domingos y feriados se paga doble. Ademas se debe otorgar un compensatorio o franco en algun dia de la semana subsiguiente.-

Sldos
 #864227  por lauraaldana
 
Muchas gracias por tu respuesta.
Otra preguntita más en el telegrama le pongo que le regularicen su situación su según lo dispuesto lo arts. 166 y 167 de la ley 20744 bajo el apercibimiento de encontrarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa???
 #864278  por ofvinals
 
lauraaldana escribió:Muchas gracias por tu respuesta.
Otra preguntita más en el telegrama le pongo que le regularicen su situación su según lo dispuesto lo arts. 166 y 167 de la ley 20744 bajo el apercibimiento de encontrarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa???
Exacto, pero tene en cuenta lo que dice el 168. Si podes pone la cantidad de domingos y tambien los feriados trabajados segun el decreto del PEN que determina los feriados del año que estes reclamando (en la pag del ministerio del interior lo podes encontrar). Tambien tene en cuenta el dia del empleado de comercio (26 de setiembre) tambien se paga doble.-

Sldos.-
 #864526  por lauraaldana
 
Buenisimooo!!! Los feriados fueron solo los de este año así que se los puedo nombrar todos pero los sábados y domingos nunca se los abonaron al 50% y 100% respectivamente desde que comenzó la relación laboral, no le voy nombrar todos le voy a poner que nunca fueron abonados desde que comenzó la relación laboral y la fecha de ingreso al mismo.
Gracias por el dato del empleado de comercio, no lo tenía en cuenta!!

Muchas gracias por todo otra vez!

Saludos!