Hola disculpen la molestia! Me llego una cedula para una audiencia en la sala II de casación de informes. Yo resente el recurso de casación por sentencia donde condenaron a mi cliente a 10 años, luego el memorial. Esta audiencia oral que sería? Gracias
en provincia el memorial suple la audiencia oral, no se como es el tramite para desistirla.
art. 458 in fine (CPPBA) "...Salvo en los casos en que se produjera prueba, las partes podrán desistir de la audiencia y en caso de creerlo pertinente presentar memorial."