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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #864885  por alejandra01
 
Hola chicos. inicié una declaración de incapacidad, con BLSG incluída en la misma demanda.
El juzgado ordena que lo haga por la vía que corresponda.
AHora bien. Ya tengo la demanda. Pero tengo una duda: si el que solicita el BLSG es el padre del discapacitado, para la demanda de curatela...
En el beneficio lo que debo acreditar es la situación patrimonial del padre??? o la situación patrimonial del hijo discapacitado?...
se me hizo una maraña en la cabeza...
porque el padre tiene un sueldo mínimo, no casa, no auto, no nada
el hijo tiene una pensión por discapacidad..
de quien debo acreditar la situación de pobreza???.
 #864896  por ANAMARIAP
 
Hola, yo creo que tenés que acreditar la situación del discapacitado, ya que su padre actúa en su representación.
Igualmente, esperá otras respuestas, un saludo, ANAMARIA
 #864912  por alejandra01
 
hola Any!!. gracias. Es lo que yo supongo..pero no me queda claro...
con lo que vos me decís ya voy más confiada en lo que pongo en la demanda...
la quiero presentar mañana...
ANAMARIAP escribió:Hola, yo creo que tenés que acreditar la situación del discapacitado, ya que su padre actúa en su representación.
Igualmente, esperá otras respuestas, un saludo, ANAMARIA
 #864930  por Tiburcio
 
El que pagará las costas en un juicio de incapacidad es el propio incapaz, no el denunciante, a menos que fuera malicioso.
Por lo tanto la situación económica a demostrar es la del presunto incapaz como dijo ANAMARIAP
 #864936  por alejandra01
 
muchísimas gracias Tiburcio *abrazo*

Tiburcio escribió:El que pagará las costas en un juicio de incapacidad es el propio incapaz, no el denunciante, a menos que fuera malicioso.
Por lo tanto la situación económica a demostrar es la del presunto incapaz como dijo ANAMARIAP
 #864954  por alejandra01
 
Pregunto: es necesario presentar un BLSG, si el incapaz no tiene bienes?. solo cobra una pensión por discapacidad...
lo único que puede pasar es que el juzgado o tribunal designe un curador provisorio (abogado) que luego pida regulación de honorarios y deba pagarlos. No se si valga la pena..que opinan?
leí post donde decían que no hacía falta hacer el beneficio.
Estoy en la duda si vale pedirlo o no...