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  • RECHAZO DE LA COMISION MEDICA CENTRAL! APELACION!

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #843398  por mariavel
 
HOLA COLEGAS: ME NOTIFICARON RECIEN EL DICTAMEN DE LA COMISION MEDICA CENTRAL RATIFICANDO LO DISPUESTO POR LA LOCAL, EN UN 0% DE DISCAPACIDAD DE UNA LUMBALGIA POST ESFUERZO, SUFRIDA POR UN CLIENTE EN SU TRABAJO, LA DUDA ES QUE ME DICE Q TENGO Q APELAR A LA CAMARA DE LA SEGURIDAD SOCIAL E INTERPONERLO ANTE LA CENTRAL Q RECHAZO EL PEDIDO Q LE HICIMOS, EL TEMA ES Q ME DICEN Q TENGO Q CONSTITUTIR DOMICILIO EN CAPITAL FEDERAL, Y LA DUDA ES ESA PORQUE SI BIEN ACA EN MI PROVINCIA ( CORRIENTES) HAY CAMARA DE LA SEGURIDAD SOCIAL , PORQUE HAY Q INTERPONERLA EN CAPITAL? TENGO Q ELEVARLO LA APELACION A LA COMICION MEDICA CENTRAL? YA QUE DE AHI PROVIENE EL DICTAMEN Q QUIERO ATACAR. ALGUEIN TIENE FALLOS A FAVOR DE ESTA DOLENCIA Q LA CAMAREA HAYA DICTADO POSITIVAMENTE, YA QUE SOLICITO Q LA ART LE CUMPLA LAS ATENCIONES MEDICAS Y ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS HASTA CULMINAR SU DOLENCIA, Y/O QUE LA COMISION MEDICA DICTE UN PORCENTAJE DE DISCAPACIDAD YA QUE EL DOLOR NO SE TERMINO Y MI CLIENTE NO PUEDE SEGUIR TRABAJANDO YA QUE SIGUE CON MANISFESTACIONES CLINICAS. AYUDA POR FAVOR!!!! GRACIAS.
 #843817  por diegomdp
 
marivel si bien esto es art y no es de mi dominio, recuerdo que en algun boletin de jurisprudencia de la carmara federal habia un fallo donde obligaba en caso de art a constituir domicilio en capital federal, en materia de rti yo he visto 3 casos de titualres que lo hicieron sin constituir domicilio en capital pero es otro ambito que el tuyo
 #865244  por Pinaldinho
 
Buenas, quería consultar lo siguiente que esta relacionado:

Tengo un cliente que le otorgaron determinado porcentaje. El mismo fue menor que el que habia determinado la ART, es decir que la comisión medica de la superintendencia dio un % menor al de la ART. Por esto:

Recurrí aquel dictamen ante la Comision medica central, esta afirma el porcentaje de la comision medica ordinaria digamos.

Ahora, para recurrir lo dictaminado por la comision medica central, tengo 10 dias y hay q presentarlo en sede de la superintendencia y ellos la elevan a la camara de la seguridad social?.... es asi el tema? es todo muy confuso por eso pregunto

desde ya muchas gracias