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 #865692  por pao1982
 
buenas tardes Colegas.

Les comento que soy nueva en el foro, me recibi a fines del 2008, pero no ejerci, puesto que me radique en el exterior por un largo tiempo.

Ahora estoy de vuelta, y me acabo de dar de alta, en el colegio publico de abogados de San Martin.

Resulta que llegue al pais, y me urge tramitar la sucesion de mi abuelo, el cual fallecio en el 2010.

La sucesion, la estaba llevando un abogado, al cual al inscribir uno de los bienes del aservo, ya se le abonaron honorarios.

La cuestion es que uno de los herederos le pidio si me podia ceder el patrocinio a mi y el abogado no tuvo problema.

Ahora, lo que quisiera saber, es si es cierto que al terminar de tramitar la sucesion de mi abuelo, es decir, inscribiendo los bienes restantes, por ser yo de la famila, como quedaria encuadrado el tema de los honorarios.??

Tengo entendido que se presume gratuito, salvo pacto en contrario.

Otra cosa, en caso de presumirse oneroso, y querer renunciar a ellos lo podria hacer? al ser mi padre uno de los herederos?

Uno de los bienes esta registrado como bien de familia? se paga igual la tasa de 2.2% y sobre ese resultado el 10% ?

Desde ya gracias por la informacion que me puedan proporcionar.

Saludos y exitos!
 #866050  por eduferry
 
Pao si vas a asumir el patrocinio hacelo bien, mandale la notificación al anterior y asegurate que tus parientes tengan recibo de los honorarios pagados y/o convenio de honorarios. Tu labor no se presume gratuita, máxime habiendo varios familiares de por medio, pero al pedir la inscripción agregá abajo un Otro Sí Digo diciendo que te encontrás desinteresada extrajudicialmente y que prestas conformidad a la inscripción y listo.
Seguramente te van a ordenar correr traslado al anterior para que preste conformidad por la ley de aranceles.
Suerte