EGTRECARGADO escribió:carpediem777 escribió:Para no abrir otro post y, en relación a lo aquí planteado, pregunto: la libertad se concedió bajo las sig. condiciones compromisorias (entre otras), 1) fijar domicilio en tal y tal lugar....Debo denunciarlo yo (con su firma obviamente) en el expte??? o no hace falta??? 2)la obligación especial de realizar un tratamiento psicológico para revertir las aristas negativas de su personalidad debiendo acreditar ante éste juzg. lugar y profesional interviniente. También debo acrditarlo mediante escrito con algún tipo de certificado profesional??? Gracias anticipadas!!
Exactamente, esto es lo que yo le decía, que permanentemente tiene que esta presentado escritos, él imputado ya dio su lugar de residencia (seguramente le hicieron un ambiental) ese no hay que informarlo (supongo que esta en libertad), además debes solicitar al juzgado que libre oficio la Asesoría Pericial, a los fines de cumlimentar por parte del imputado lo ordenado en el punto 2) de fs. .., tené en cuenta que si vas a un psicologo particular para que lo trate de "...revertir las aristas negativas de su personalidad..." lo primero que hace el tipo es decirle ¿y quién carajos es este juez para ordenar semejante pelotudez? tal es así que vas a tener problemas con el Psicologo de la Asesoria para que "admita el tratamiento" en principio, así que pedí que hágan un oficio x que los psicólogos que entrevistó no le vieron "ninguna arista negativa"
E.G.T.
Tal cual como dice EGT. Y es más, si al psicólogo le llevás esa "orden" del juez, en la que dice "para revertir las aristas negativas de su personalidad", el psicólogo es capaz de decir, en lenguaje freudiano, "Váyanse a cagar", a ver si este tipo después viola y mata a una nena de 2 años y me echan la culpa a mí por mala praxis. Algunos jueces la verdad es que tienen menos pavimento que Venecia.