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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #865815  por 2LunaAzul
 
Buenas, mi pregunta es la siguiente: voy por el demandado, contestamos la demanda y no pudo ser notificada la otra parte, tengo que pedir libre nueva cédula con habilitación días y horas??? o lo hace el Tribunal???...es que paso mucho tiempo ya desde esta primera cédula y no sé qué hacer!!! No es la otra parte quien tiene que impulsar todo? :roll:
 #866059  por eduferry
 
Luna el juzgado o hace nada directamente, además para que vaya con habilitación de días y horas debe requerirse y el juzgado concederlo, haciéndolo constar en la cédula. Si es un ordinario y vas por la demandada no impulses el proceso, dejalo. La contestación de demanda no se notifica al actor, solamente la documental que puedas haber agregado, pero dejalo ya se va a notificar solo si pretende avanzar.
Seguramente antes de vencer el plazo de caducidad lo va a impulsar, pero si no lo hace acusala, porque en Provincia van a ordenar se le corra traslado para que manifieste si desea continuar, en capital nó se forma incidente directamente. Aunque retome el impulso te permite en caso que vuelva a ocurrir lo mismo hacer el planteo y te la dan.
Suerte