Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • 85 Aí‘OS

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #86594  por cristhina
 
Quiero preguntarles que me conviene hacer con una clienta que tiene 85 años:
Tiene inscripcion de autonomos en anses,
No se si hacerle por edad avanzada o jubi ordinaria.
1) pregunta se puede tomar moratoria para edad avanzada, tiene inscripcion pero 0 aportes.
2) Cobraria lo mismo. Igual menos de la minima seguro que no .
3) Se puede mandar por autopista la de edad avanzada?
Gracias

no

 #86623  por Analia Y DE PORTO
 
no es pensionada no?

mandala automatica, cargale la cuenta en afip, por ahi le aparecen aportes que haya realizado y te baja deuda seguro.- POR EDAD AVANZADA NO SE PUEDE PORQUE SI BIEN ESTA AFILIDA NO CUMPLE CON REGULARIDAD DE LOS APORTES QUE NECESITA. CREO QUE SON 5 AÑOS.

 #86686  por cristhina
 
No es pensionada, por suerte. Pense en la posibilidad de la edad avanzada por el hecho de hacerle pagar menos deuda.
Y si ya hoy unifique cuentas en afip.
Gracias

 #86799  por LAURICHI
 
HOLA POR UNA RESOLUCIONDE ANSES NO NECESITAS LOS 5 AÑOS DE ANTIGUEDAD EN LA AFILIACION PODRIAS COMPRAR DIEZ AÑOS PARA LA EDAD AVANZADA ASI NO ESTE INSCRIPTA
SALUDOS

 #86814  por MARIMO
 
Hola:

Interante el tema. Me uno a las preguntas.

Entonces a los mayores de 70. Si son sin aportes.
¿ Podemos mandar la jaap con un Sicam por solo 10 años?

muchas gracias

saludos

 #86842  por Ishtar
 
Hola María: los requisitos que pide Anses son los que transcribo, ignoro si han sacado algo nuevo, si alguien tiene conocimiento que lo publique:



Prestación por Edad Avanzada
Tendrán derecho a esta prestación los afiliados que:
* Hubieran cumplido 70 años, cualquiera fuera su sexo.
* Acrediten 10 años de servicios con aportes computables en uno o más regímenes jubilatorios comprendidos en el sistema de reciprocidad, con una prestación de servicios de por lo menos cinco (5) años durante el período de ocho (8) inmediatamente anteriores al cese en la actividad.
* Los trabajadores autónomos deberán acreditar, además, una antiguedad en la afiliación no inferior a cinco (5) años, en las condiciones que establezcan las normas reglamentarias.

 #86918  por MARIMO
 
Hola amigas/os:

gracias por contestar.

A mí me gustò la idea. Pero lo veo dificil. O será que hasta ahora me pareciò que las por Edad Avanzada eran màs complicadas.
Por ahora voy a leer urgentemente sobre el tema a ver si puedo pensar con màs claridad , ya que hay varias y muy respetables opiniones.
Tambièn està el tema de si la Jaap y el Sicam te permiten esa opciòn, en el supuesto de completarse los otros requisitos.

saludos

 #86935  por Ishtar
 
Chicas: el inconveniente es que si despues quiere cobrar la pension del marido (si fallece antes ) tiene que renunciar a la pad porque es incompatible con otro beneficio (lo se porque tuve un caso rechazado por ese motivo (la señora no me había contado que tenia una pad, le entre la pension y me la rechazaron, tuve que presentarla de nuevo (renunciando obviamente a la pad)

 #86957  por rachelcba
 
Hola a todos: comparto la opinión de Ishtar, el mayor inconveniente que tiene la PAD es que es INCOMPATIBLE con cualquier otro beneficio, en cuanto al monto de la jub también cobran la mínima. La PAD no va por la web. No sabía que hay una resol. que cambió el tema de la exigencia de la afiliación por 5 años para los autónomos, postéenla please !!!!. Hay que analizar bien cada caso porque en algunos es conveniente la PAD y no la ordinaria. Saludos y que tengan un lindo año !!!!!!!!

 #87006  por MARIMO
 
No me maten

¿ :roll: :roll: :roll: :roll: PAD O PEA ?

 #87110  por Ishtar
 
rachelcba escribió:Hola a todos: comparto la opinión de Ishtar, el mayor inconveniente que tiene la PAD es que es INCOMPATIBLE con cualquier otro beneficio, en cuanto al monto de la jub también cobran la mínima. La PAD no va por la web. No sabía que hay una resol. que cambió el tema de la exigencia de la afiliación por 5 años para los autónomos, postéenla please !!!!. Hay que analizar bien cada caso porque en algunos es conveniente la PAD y no la ordinaria. Saludos y que tengan un lindo año !!!!!!!!
Volviendo al tema PEA, coincido con Rachel, si reune los requisitos y no tiene marido,(o esposa si es a la inversa) podría ser mas conveniente, ya que el monto es el mismo (hay que estudiar bien cada caso).

 #87461  por rachelcba
 
MARIMO TENÉS RAZÓN ES PEA Y NO PAD, JA JA !!! TODAS PUSIMOS PAD, JA, JA ! ODIO LAS SIGLAS DE ANSES !!!! CUANDO RECIÉN EMPECÉ CON LAS JUBILACIONES, ESCUCHABA A OTRAS COLEGAS QUE HABLABAN DE RUB, SIJP, ANME, ETC, Y YO PENSABA.. NUNCA VOY A APRENDER ESO, ES CHINO BÁSICO..DESPUÉS APRENDÍ, PERO POR AHÍ LA PIFIO !!!! MUY BUEN AÑO PARA TODOS !!!!!!