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  • sucesion como evitar PARA SU OPORTUNIDAD?????

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #865822  por NINAIUS
 
Buenas tardes foristas, tengo una pregunta puntual para evitar el famoso ..."PARA SU OPORTUNIDAD"

Si un abogado presenta un escrito de renuncia en una sucesión y pide regulacion judicial, se llego a declaratoria de herederos y donde en la demanda solo denuncia datos de dos inmuebles pero sus valuaciones fiscales. ¿que puedo hacer para que el juez regule honorarios y no me diga para su oportunidad??????????

el caso lo llevo abogado X que pacto con el cliente solo hasta la declaratoria ( casi no ejerce tiene otro trabajo). el cliente quiere que siga un abogado que ejerce siempre
para ser prolijos seria mejor pedirle que renuncie al abogado inicial y pida regulacion de honorarios con apoyo en el art 53 del dec ley 8904/77
 #865826  por NINAIUS
 
NINAIUS escribió:Buenas tardes foristas, tengo una pregunta puntual para evitar el famoso ..."PARA SU OPORTUNIDAD"

Si un abogado presenta un escrito de renuncia en una sucesión y pide regulacion judicial, se llego a declaratoria de herederos y donde en la demanda solo denuncia datos de dos inmuebles pero sus valuaciones fiscales. ¿que puedo hacer para que el juez regule honorarios y no me diga para su oportunidad??????????

el caso lo llevo abogado X que pacto con el cliente solo hasta la declaratoria ( casi no ejerce tiene otro trabajo). el cliente quiere que siga un abogado que ejerce siempre
para ser prolijos seria mejor pedirle que renuncie al abogado inicial y pida regulacion de honorarios con apoyo en el art 53 del dec ley 8904/77
ACLARO: tipie rapido y quise decir que en la demanda no dicen la valuacion fiscal de los bienes.
¿EN PROVINCIA A PESAR DE RENUNCIAR EN UNA SUCESION TE PUEDEN OBLIGAR A ESPERAR LA INSCRIPCION PARA COBRAR?

Gracias los comentarios y la experiencia compartida

Cariños

Ninaius *flor*
 #865847  por diegogvillamayor
 
renunciar nunca, siempre deberia rvocar en el mismo escrito donde asume el otro letrado y pedir que se regule.

A mi me han regulado por las 2 primeras etapas en algunas oportunidades.
Pero obviamente debes acompar la valuacion fiscal.
 #865856  por NINAIUS
 
diegogvillamayor escribió:renunciar nunca, siempre deberia rvocar en el mismo escrito donde asume el otro letrado y pedir que se regule.

A mi me han regulado por las 2 primeras etapas en algunas oportunidades.
Pero obviamente debes acompar la valuacion fiscal.

Buenas tardes Dr Diego y gracias por la respuesta *flor*
no interpreto bien cuando me decis renunciar nunca, vos sugeris que el abogado nuevo se presente y en el mismo escrito el anterior renuncie al patrocinio pidiendo regulacion y acompañando las valuaciones fiscales?
la sustitucion correcta se notifica por comunicacion del colegio de abogados o cd pero como hay buena onda y es mas rapido en mi modesta se penso en pedirle el escrito de renuncia y pedido de regulacion (era lo conversado) y luego entrar el nuevo abogado
mi duda surge que he visto que los juzgados a veces difieren la regulacion para su oportunidad, no es contra del art 53 del decreto 8904?

Saludos

ninaius *flor*
 #866261  por diegogvillamayor
 
por eso te hablo de que no renuncie.
Tu cliente le revoca el patrocinio, vos envias la carta del colegio como siempre, la acompañas al escrito donde arriba se presenta el nuevo abogado y manifiesta de la revocacion y demas.
Abajo se pone un otrosi digo y el viejo abogado se notifica de todo.

Ambos letrados y la parte firman pidiendo la regulacion para este momento y acompañan la valuacion fiscal. O acompañan un acuerdo de honorarios, teniendo en cuenta que normalmente se regula un 12 % por las 3 etapas, sabiendo la valuacion podes saber el monto de la regulacion..........
 #866268  por NINAIUS
 
diegogvillamayor escribió:por eso te hablo de que no renuncie.
Tu cliente le revoca el patrocinio, vos envias la carta del colegio como siempre, la acompañas al escrito donde arriba se presenta el nuevo abogado y manifiesta de la revocacion y demas.
Abajo se pone un otrosi digo y el viejo abogado se notifica de todo.

Ambos letrados y la parte firman pidiendo la regulacion para este momento y acompañan la valuacion fiscal. O acompañan un acuerdo de honorarios, teniendo en cuenta que normalmente se regula un 12 % por las 3 etapas, sabiendo la valuacion podes saber el monto de la regulacion..........
Hola Diego, gracias por la explicacion
ahora comprendi, firmando ambos letrados y el cliente en el mismo escrito no van diferir la regulación.

otra consulta, si puedo, si llego desde el inicio a la declaratoria, le van a regular las 2/3 partes no?

Cariños y buena tarde

Ninaius *flor*
 #866308  por diegogvillamayor
 
hola, no te garantizo que no difieran la regulacion sino que es mas probable que lo hagan ya que todas las partes intersadas lo piden.
Las etapas son inicion DH e inscripcion.
si llego a DH son 2/3 del total.
y sino para tener riezgo de la valuacion sacas un 8/12 % y trata de arreglar con el abogado planteando una forma de pago y demas.......
 #866330  por NINAIUS
 
diegogvillamayor escribió:hola, no te garantizo que no difieran la regulacion sino que es mas probable que lo hagan ya que todas las partes intersadas lo piden.
Las etapas son inicion DH e inscripcion.
si llego a DH son 2/3 del total.
y sino para tener riezgo de la valuacion sacas un 8/12 % y trata de arreglar con el abogado planteando una forma de pago y demas.......
hola, ok le digo al cliente que converse con el colega, la valuacion es alta.
Abuso de tu ayuda, puedo hacerte otra pregunta relacionada con honorarios de un sucesorio??

EL CASO: colega desaparecido y le regulan en una sucesion vieja digamos 25 años con declaratoria.Para inscribir por ej porque se vende un bien, antes de autorizar la inscripcion le regulan honorarios al abogado inicial y aportes.
DUDA que pasa si el colega esta desaparecido o vive en el exterior??? o esta muerto???
me dicen que puedo aportarle a su cuenta de la caja previsional ok cumplo con aportes
y como cumplo con los honorarios??? el juzgado quiere que perciba honorarios hasta me dicen que busque a los herederos
bastara que se los ponga a disposición en una cuenta judicial a nombre de autos ??? porque se impide la inscripcion y no es justo para el cliente que pierde la venta

Gracias

cariños
Ninaius *flor*
 #866339  por diegogvillamayor
 
la prescripcion de los honorarios no regulados es de 2 años y de los regulados 10.
Pedi la prescripcion de los mismos.

Por otro lado podes aportar a la caja lo correspondiente o depositar todo en cuenta de autos.

saludos.
 #866366  por mafaldavip
 
Hola gente, tengo una duda existencial!!! a ver si me pueden ayudar ...planteo el caso:

Capital Federal. Sucesión. Declaratoria de herederos dictada en 1990. Me viene a ver un cliente porque ingresa otro bien al acervo , lo denuncian y piden audiencia para arreglar la partición, son cinco hermanos, mi cliente vive en el inmueble y quiere comprar la parte de los hermanos.

Por afuera se ponen de acuerdo cuanto va a recibir cada uno, ahora bien, el tema es:

Hay que firmar el acuerdo y presentarlo en el expediente. Tengo entendido que al abogado anterior le regulan honorarios por las dos etapas anteriores, no importa que ya le hayan regulado por los otros bienes, entonces:
¿como hago para que mi cliente que paga a los 4 hermanos no tenga que hacerse cargo de los honorarios míos y los del abogado anterior ya que se vería perjudicado en razón de que el abona lo que le corresponde a cada uno?(aclaro que los hermanos tienen su patrocinio que no soy yo ni es el abogado de los `90),
¿puede figurar en el acuerdo que sea en partes iguales entre los 5, o le resto el valor de lo que podría ser a los otros? y si figura y no lo pagan ¿ mi cliente no puede inscribir en el registro de la propiedad cierto ? ¿y si no encuentro al letrado como hago para que conste en el expediente que este cobró?
INSISTO, PAGA PESO POR PESO TODO LO QUE CORRESPONDE, NO QUIERO QUE TAMBIÉN SE HAGA CARGO DE HONORARIOS POR EL TOTAL!!!! (salvo que no quede otra :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: )