No tengo nada de experiencia en el derecho administrativo. Resulta que tengo una cliente que tiene una hernia de disco y comencé el reclamo con un seclo citando a Provincia ART y a la Escuela donde ella trabaja. como no tuve respuesta satisfactoria inicié demanda. Para sorpresa mía, resulta que Provincia ART terceriza servicios, es decir no es la obligada al pago, siendo ésta la Dirección General de Escuelas. Por ello me oponen incompetencia fundada en el art 121 de la CN. De ser así, piden que se decrete que resultan competentes los juzgados ordinarios contencioso administrativos de la Pcia de Buenos Aires, con sede en La Plata. O sea , si o si se tiene que regir por el derecho administrativo y si o si en La Plata???
Puedo contestar algo al respecto??? Actualmente está radicado en un juzgado laboral en capital federal.- Por favor a quien pueda orientarme, desde ya gracias!
Puedo contestar algo al respecto??? Actualmente está radicado en un juzgado laboral en capital federal.- Por favor a quien pueda orientarme, desde ya gracias!
NATALIA GOMEZ.