Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • audiencia consejero

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #866715  por cecicarla
 
Hola colegas!!! a mi cliente le llego recién una cedula de notificacion de audiencia de alimentos ante el consejero de familia con traslado de demanda para el martes a las 10.00, entiendo q tengo q recibirla 5 dias antes, ahora bien, que hago? me presento solicitando nueva fecha por el plazo o no nos presentamos o le digo a mi cliente q se presente solo y diga que no llego a conseguir abogado? Si me presento debería ir con la contestacion de demanda? muchas gracias!! suelo ir por la mama siempre y no tengo mucha experiencia por el alimentante! :oops:
 #866794  por santiheladero
 
Si es ante el consejero de flia no tenes q contestar ninguna demanda. Es para arreglar. Podes ir sin problemas. Fijate bien q sea aud de etapa previa , no de la audiencia preliminar
 #866801  por cecicarla
 
es la audienica del art. 636 y en el art. 640 dice q es la oportunidad para q el alimentante haga su presentación .... entiendo q deberia ir con la contestación

ARTICULO 640: Intervención de la parte demandada. En la audiencia prevista en el artículo 636, el demandado, para demostrar la falta de título o derecho de quien pretende los alimentos, así como la situación patrimonial propia o de la parte actora sólo podrá:


1) Acompañar prueba instrumental.


2) Solicitar informes cuyo diligenciamiento no podrá postergar, en ningún caso, el plazo fijado en el artículo 641.

El juez al sentenciar valorará esas pruebas para determinar el monto de la pensión, o para denegarla, en su caso.

siendo que lo notificaron hoy y la audiencia es el martes se me ocurre que podria hacer ir al alimentante solo y que pida nueva adiencia por no haber recibido la cedula con la anticipacion correspondiente .. que creo q es de 5 días ...
santiheladero escribió:Si es ante el consejero de flia no tenes q contestar ninguna demanda. Es para arreglar. Podes ir sin problemas. Fijate bien q sea aud de etapa previa , no de la audiencia preliminar
 #866842  por cecicarla
 
ufffff a trabajar el finde largo :cry: muchas gracias!!!
santiheladero escribió:Eas audiencias no las toma el consejero. Ya es la etapa contenciosa. anda con la contestacion.
 #867022  por NORMA
 
Cecicarla:hola,si no llegan a un acuerda deberà contestar la demanda y absolver posiciones(si fueron presentadas) *suerte*
 #867222  por Iurisa
 
En pcia. la primera audiencia con el consejero se trata de arreglar siempre. No te dan traslado de nada en la notificación, solo te informan de la audiencia, de la "Etapa Previa" que es con fines conciliatorios. Si no va el demandado o no se llega a un acuerdo, pueden pedir una nueva audiencia; o cerrar la etapa previa, donde si la actora pedirá formalmente el traslado de la demanda.
Si es Etapa Previa ante el consejero, no debes presentar nada... Solo ir con tu cliente, escuchar, contestar y si se puede arreglar.
Éxitos
 #867270  por cecicarla
 
muchisimas gracias por las respuestas! clarisimo, como fue con traslado de demanda voy a tener que contestarla, no es etapa previa, ahora bien, que pasa si la cedula te llega un dia hábil anterior a la audiencia???????? algunas cedulas salen diciendo que debe ser recibida con una antelacion de 5 días hab pero en esta no dice nada!!!!! que pasa si no nos presentamos? la cedula la recibio en persona mi cliente el viernes y la audiencia es manana 8..30 ... yo estoy preparando la contestacion pero quiero ver como puedo zafar .. gracias!!

Iurisa escribió:En pcia. la primera audiencia con el consejero se trata de arreglar siempre. No te dan traslado de nada en la notificación, solo te informan de la audiencia, de la "Etapa Previa" que es con fines conciliatorios. Si no va el demandado o no se llega a un acuerdo, pueden pedir una nueva audiencia; o cerrar la etapa previa, donde si la actora pedirá formalmente el traslado de la demanda.
Si es Etapa Previa ante el consejero, no debes presentar nada... Solo ir con tu cliente, escuchar, contestar y si se puede arreglar.
Éxitos
 #868329  por cecicarla
 
les cuento que me presente a la audiencia con la contestacion de demanda y antes de iniciarla hable con la audiencista para explicarle que no habiamos llegado a recaudar la documental y no habiamos tenido el plazo de antelacion suficiente para contestar el traslado ... me dijo que no habia plazo que si o si debia tomar la audiencia y contestar en caso de no llegar a un acuerdo ... por suerte arreglamos! no me parece justo y entiendo que claramente se ve afectado el derecho de defensa en juicio... hay tribunales que aclaran en la audiencia q debe recibir la cedula con 5 días de antelación ... en fin, se ve que este tribunal tiene su propio criterio :oops:
cecicarla escribió:muchisimas gracias por las respuestas! clarisimo, como fue con traslado de demanda voy a tener que contestarla, no es etapa previa, ahora bien, que pasa si la cedula te llega un dia hábil anterior a la audiencia???????? algunas cedulas salen diciendo que debe ser recibida con una antelacion de 5 días hab pero en esta no dice nada!!!!! que pasa si no nos presentamos? la cedula la recibio en persona mi cliente el viernes y la audiencia es manana 8..30 ... yo estoy preparando la contestacion pero quiero ver como puedo zafar .. gracias!!

Iurisa escribió:En pcia. la primera audiencia con el consejero se trata de arreglar siempre. No te dan traslado de nada en la notificación, solo te informan de la audiencia, de la "Etapa Previa" que es con fines conciliatorios. Si no va el demandado o no se llega a un acuerdo, pueden pedir una nueva audiencia; o cerrar la etapa previa, donde si la actora pedirá formalmente el traslado de la demanda.
Si es Etapa Previa ante el consejero, no debes presentar nada... Solo ir con tu cliente, escuchar, contestar y si se puede arreglar.
Éxitos