Hola, les comento este caso haber si alguien me puede ayudar, tengo un cliente casado con dos hijos menores, como la convivencia era imposible la mujer le pidio que se vaya sino se iva a suicidar, el se retira, a los dias vuelve a buscar ropa y cosas personales y se encontro con un cerrojo y no pudo ver a sus hijos y a los dias le llega una orden de exclusion de contacto por 180 dias a los hijos y esposa dictada por un juzgado de paz, la cual ya apele, ahora el tema es que el ya le paso alimentos del mes que no estuvo y tiene recibos, igual la mujer le inicio un juicio de alimentos, por medio de una defensoria de pobres de Fcio. Varela, del cual me entero cuando al intentar comunicarme con la mujer, me da el Nº de telefono de la abogada de la defensoria, la cual me dice que no se puede hacer nada porque ya inicio los alimentos, mi cliente quiere pasarle los alimentos del mes en curso (julio), y ademas no debe nada, al contrario ella le gasto un monton de dinero de la tarjeta, el cual tramita en el tribunal 2 de quilmes y recien salio el primer despacho con fecha de audiencia y alimentos provisorios, mi pregunta es que puedo hacer, presentarme espontaneamente y contestar la demanda, ofreciendo el pago, de los provisorios o homologar un acuerdo con la defensora oficial antes de la feria que fue lo que me ofrecio ella, pero que pasa con el impedimento de contacto con los hijos, ya que el no los puede ver, y esta muy mal por eso, podria hacer una denuncia penal por violacion a la ley 24270, el tema es que todavia no me concedieron la apelacion, aunque me dijeron que la resolucion va a salir esta semana y ya tengo hecha la expresion de agravios, la verdad cuantas injusticias, el jamas ejercio violencia fisica y la exclusion prospero por violencia verbal,en un juzgado de paz que no esta preparado para este tipo de cuestiones.-