martins escribió:Consulta: Que cambia con la nueva ley de mediacion? Les comento que yo siempre inicie mediacion privada en Capital y nunca pague ningun deposito inicial. Ahora se paga tambien en la privada?
Gracias.-
texto del articulo de la Resolución 1196/12 : ARTICULO 6° — La acreditación del pago del arancel de inicio de mediación, en el caso de las mediaciones prejudiciales por acuerdo de partes y por propuesta del requirente previstas en el artículo 16, incisos a) y c), respectivamente, de la Ley N° 26.589, se hará efectiva mediante la presentación del talón de la boleta de depósito correspondiente ante el mediador confirmado, quien en caso de no verificar el pago estará impedido de iniciar la primera audiencia.
Procedimiento para generar los nuevos formularios de aranceles para el pago en el Banco de la Nación Argentina.
El pago del arancel deberá hacerse efectivo con los formularios que se generarán a partir de este martes (10-7-12) desde el sitio web oficial del Ministerio de Justicia, ya que dichos formularios tendrán asignada una numeración que sólo podrá utilizarse para un solo proceso de mediación ya que el sistema lo identificará, por ende si se fotocopia o reimprime y se lo usara para realizar un segundo o tercer pago de otra mediación dichos pagos no serán válidos. Cada boleta que el sistema emite sirve únicamente para cancelar el arancel de un proceso de mediación. Es importante tener en cuenta esto, porque el Banco lo va a cobrar pero luego el pago no será válido.