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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #86940  por Dr.MVC
 
HOLA A TODOS! RECIEN EMPIEZO CON LAS JUBILACIONES PERO TAMBIEN YA ME ESTAN CONSULTANDO POR REAJUSTE Y LA VERDAD ES QUE ESTUVE LEYENDO ALGUNOS FALLOS PERO NO ME QUEDAN MUY CLARAS LAS PAUTAS DE COMO DARSE CUENTA (DIGO AL MARGEN DE LA LIQUIDACION) SI CORRESPONDE O NO, POR ESO LES PLANTEO ESTE CASO HABER SI PUEDEN ORIENTARME UN POCO...
SE TRATA DE UN HOMBRE QUE OBTUVO PRIMER HABER EN 04/1998 TUVO UNICAMENTE APORTES COMO AUTONOMO EN
CAT A DESDE 01/1963 A 12/1984
CAT * (NO SE QUE SIGNIFICARA) DE 04/1985 A 09/1993
CAT B DE 01/1994 A 12/1997

EL PRIMER HABER SE LIQUIDO POR $ 277.25 Y ACTUALMENTE COBRA $623.11

QUISIERA SABER SI ESTE CASO ENCUADRARIA EN EL CASO SANCHEZ...¿?

DESDE YA LES AGRADEZCO POR LA AYUDA

 #87008  por LULIS
 
SINCERAMENTE te digo q no hay diferencia en cuanto al tema de los autonomos, y menos c la categorias bajas q tenia tu cliente... no creo q prospere, deberias hacerle el calculo con el bluecorp y ahi vez si te da diferencia de mas del 10%.. espero te halla ayudado... saludos LULIS

 #87031  por Dr.MVC
 
LULIS escribió:SINCERAMENTE te digo q no hay diferencia en cuanto al tema de los autonomos, y menos c la categorias bajas q tenia tu cliente... no creo q prospere, deberias hacerle el calculo con el bluecorp y ahi vez si te da diferencia de mas del 10%.. espero te halla ayudado... saludos LULIS
Perdon que insista Lulis pero no me queda claro lo que me tengo que fijar son las categorias? en que casos prosperaria? :?
Desde ya te estoy agradeciendo por tus respuestas :wink:

 #87098  por VGalbicka
 
Mas que en las categorías te tenes que fijar si el haber se fue actualizando o quedó estancado y en el caso de que hubiera tenido movilidad pero esa movilidad fue baja....en estos casos procede el reajuste...hay que reajustar el monto para que el beneficiario mantenga el nivel de vida que tenía al jubilarse.
La categoría de autonomos que tenía te puede dar una pauta pero nada mas.
Tenes que hacer el calculo con el programita y si la diferencia es de mas del 15% marcha....algunos colegas lo hacen con el 10%.