Hola a todos tengo que presentar una jubilaciòn con aportes en SDM y si bien el dador de trabajo pagò capital e intereses al hacer la liquidaciòn (SICAM) siguen apareciendo diferencias por intereses en los perìodos con SDM. Pretendo presentarla asì con esa deuda ,menor a la pagada,pero que aùn aparece.Por el aporte de un forista que me sugiriò ver la circular 41/10,pretendo presentarme en la UDAI e invocar dicha circular,para el caso que no me quieran aceptar la iniciaciòn en esas condiciones, que en uno de sus pàrrafos dice:"Para el correcto control de la cancelación de la deuda (capital más intereses) por cada período registrado en SICAM con el código de actividad D89 – Servicio Doméstico, se deberá aplicar el siguiente procedimiento:
Verificar en SICAM, por cada período invocado, que el total de la deuda (capital más interés), resulte igual o menor a la suma de los montos que, para el CUIL consultado, se registren en SIPA. Si la misma cumple con el requisito indicado se considerará al período como cancelado. ". Mi consulta es si alguien tuvo una situaciòn similar y como le resultò?.Gracias!!!
Verificar en SICAM, por cada período invocado, que el total de la deuda (capital más interés), resulte igual o menor a la suma de los montos que, para el CUIL consultado, se registren en SIPA. Si la misma cumple con el requisito indicado se considerará al período como cancelado. ". Mi consulta es si alguien tuvo una situaciòn similar y como le resultò?.Gracias!!!
