Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • BUSO ABOGADO PENAL CORDOBA CRUZ DE EJE

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #865774  por Pandilla
 
¿CRUZ DE EJE........???? :arrow: :shock:
¿ES UN PUEBLO DE ESPAÑA....o SE REFIERE A LA ALIANZA alemania-japón-italia.....??????

:lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
 #865846  por feragus
 
EGTRECARGADO escribió:
feragus escribió:El abogado tiene que ser penalista y además hacer buceo?
Ahora que recuerdo .....podría recomendarme algún conocido de "la cordobesa" (obviamente que jamás se me cruzaría x la cabeza que ud. quiera "morder un mango" en la intermediación....) :roll:
*cafe* E.G.T.

Ninguneando por completo al botarate no letrado que se entromete (que mierda nos separa EGT?), no sé si "la cordobesa" conocerá algún boga de esa localidad. Hoy justo estuvo por mi oficina por una consulta. A usted que le parece el tema del art. 77 del CPP (suspensión del proceso por incapacidad sobreviniente), puede tener éxito plantear el cese de la prisión preventiva, cuando llegue a los dos años? (no hablo de una suspensión de 2 años, sino de una suspensión de meses, pero con el tipo con preventiva que llega a este tiempo).
 #869440  por ASAS
 
Hola, quizás podría ayudarte!!! Te adelanto que al momento de la Indagatoria solo podrá declarar el imputado, no es valido ningún escrito previo ni nada similar. El día que se fije la declaración indagatoria, en presencia de su abogado defensor o letrado, debera declarar o abstenerse, pero debera hacerlo en forma oral.