Hola a todos, quisiera saber si estoy aplicando bien los beneficios:
este hombre tiene deuda como autonomo act agropecuario en el periodo 03/1994 y 01/2001 y aplique aquí la prescripción, no hay pago parcial ni fuera de tiempo, no se pagaron directamente. Los meses anteriores están pagos.
Después apliqué la Renuncia a los periodos 02/2001, 03/2001 al 05/2002, 06/2002 y 07/2002 al 02/2007.
hice estos cortes porque dichos periodos ya estaban cargados así en situación de revista.
bueno gracias a todos los que se tomen el tiempo para revisarlo, tengo dudas con respecto a la prescripción, por lo q dice la res 555.
este hombre tiene deuda como autonomo act agropecuario en el periodo 03/1994 y 01/2001 y aplique aquí la prescripción, no hay pago parcial ni fuera de tiempo, no se pagaron directamente. Los meses anteriores están pagos.
Después apliqué la Renuncia a los periodos 02/2001, 03/2001 al 05/2002, 06/2002 y 07/2002 al 02/2007.
hice estos cortes porque dichos periodos ya estaban cargados así en situación de revista.
bueno gracias a todos los que se tomen el tiempo para revisarlo, tengo dudas con respecto a la prescripción, por lo q dice la res 555.
