Hola soy Nobel, por lo tanto sepan disculpar mi pocos conocimientos procesales , el tema es que viene una pareja al estudio , conocen a un menor de 8 años que vive con la madre que se encuentra mal, postrada , con dos hijos màs una de ellas ya se fue de la casa creo que a Benavídez lejos de la Madre , el menor que digo deambula se imaginan 8 años....lo cuidan los vecinos toma la leche un día acá un día allá vá a la casa de distintos amigos y Cñros, asiste al Cgio. de 8 a las 1ªs Hs de la tarde sale y juega ,pero duerme con la madre, la pareja ésta que se presenta en mi estudio , me dice si puede pedir tenecia , yo me fijé y veo que lo único viable y Rápido sobre todo para logarar algo en el Tribunal es la Guarda Provisoria , y "No Pre adoptiva " , el menor está en Sitación de riesgo dado las codicones que mencioné., Uds lo ven Viable presento una demanda invocando esa figura Guarda que lo dá la madre porque aclaro dos cosas 1º La madre está de acuerdo en darlo a ésta Pareja y aviso que la madre no está declarada INCAPÁZ dado que dese que enfermó quedó allí actualmente me dijeron casi sin habla( aclaro que no puedo corroborar ésto último obviamente antes de inciar algo una escapadita me tendré que dar para chequear todo bien ... ) . y 2 º el Padre del niño desapercido enacción hace más de 6 años o sea se borró , todo en el ámbito de Pcia de Bs As.-Agradezco consejos