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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #870001  por fras
 
Hola a todos. REcién empiezo a ejercer y tengo algunas dudas.
Desarchivé una sucesion en Capital que estaba para publicación de edictos.
Publiqué editos en Boletín Oficial. Vencido el plazo no se presentaron nuevos herederos ni acreedores.
Los herederos son dos hijos del la causante. El acervo está compuesto por un único inmueble situado en Capital Federal.
Pido dictado declartoria. El juez me dice que previo al dictado, notifique al ex marido para que se presente en expediente. Para el caso de que esté muerto presentar copia certifidada de partida de defuncion y de declarartoria de herederos de este señor.
La difunta estaba separada personalmente por su culpa y había obtenido el divorcio en el año 1959. el ex marido vivió en concubinato tuvo hijos, y posteriormente al divorcio se casó.
Las dudas son:
Como acredito en expediente que no tiene el ex marido sucesión iniciada (vivía en Villa Gessell)? Averigué por internet y no hay sucesión iniciada , murió en año 2000.
En este mismo expediente tengo que iniciar demanda para que se decrete exclusión de vocación hereditaria art.3574 C. Civil por haber vivido en concubinato? o tengo que plantearlo cuando inicien la sucesión del padre?
Los hijos que tuvo este señor en concubinato no están enterados de esta sucesión¿qué pasa con esta situación?
No van a poder inscribir declaratoria hasta que no hagan la sucesión del padre?
Gracias por ayudarme.
 #870014  por eduferry
 
Fras el pedido del juzgado esta bien por cuanto si el bien fue comprado durante el matrimonio el ex tiene su 50% ganancial y si era propio hereda.
Presentá una partida de deunción y manifestá que no se inició sucesión pidiendo se libre oficio al registro de juicios universales de las 2 jurisdicciones (Cap. y Prov.) para que informen.
En este expediente sucesorio no podés accionar por otra cosa, te van a contestar que vayas por la vía que corresponda.
Tampoco podrías hacerlo en la sucesión del hombre, deberías plantearlo en un ordinario aparte y considerando que falleció, con amplitud de prueba.
Las declaratorias son distintas, una para cada sucesorio. En el tuyo dictaràn declaratoria a favor de los hijos y/o quienes se presenten y dejando a salvo los derechos del cónyuge respecto de los gananciales o los bienes propios y podrias inscribirla.
Si tu cliente pretende excluir al padre, deberìas abrir la otra causa, acreditar en el sucesorio de la mujer el inicio del otro expediente y peticionar se suspendan los plazos procesales hasta el dictado de la sentencia en el nuevo.
Igualmente no se podrá transmitir el bien hasta que se concluya la sucesión del padre o sea excluido de la sucesión de la ex esposa.
Suerte
 #870110  por Tiburcio
 
El inmueble fué comprado por la mujer antes de divorciarse?