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  • AUDIENCIA 637 ALIMENTOS

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #869960  por santiheladero
 
Tengo mi primera audencia del 637 de alimentos. Mi pregunta es si a esa audiencia donde es seguro q el demandado no vaya tienen q ir tambien los testigos a declarar. El auto solamente fijo la audiencia bajo apercibimietno de fijarse la cuota conf. constancias del expediente. Otra Cosa: si a esa aud no va el demandado se puede fijar la cuota directamente segun lo pedido por el alimentante o es necesario acreditar algun ingreso del demandado, dado q esto todavia no esta probado en el expte. porq contestaron pocos oficios.
 #870017  por diegogvillamayor
 
la base del dereecho es la prueba.......... si no probas lo que decis no va n a darte la cuota que vos pretendes.
Tenes que probar el caudal del alimentante y no solo contestigos, es una prueba relativa en mi experiencia, traducida no le dan mucha importancia.
Los testigos tienen que ir a atestiguar en la audiencia en la que son citados.

saludos
 #870052  por santiheladero
 
Si es tb como yo lo interpreto, el tema es q los oficios no me contestaron nada, tengo q pedir reiteratorios y voy a tener eso pendiente, ya habiendose celebrado las 2 audiencias. Puedo acompañar al expte. las ultimas facturas de gastos de la alimentada como constancias??
 #870059  por diegogvillamayor
 
tenes que probar lo que gana el alimentante no lo qu gasta el alimentado.
ademas para presetnar prueba ya es tarde para eso esta la demanda.
si no te contestaron perdis reiteratorios y demoras la sentencia.
ya tiene un provisorio igual me imagino.