Hola colegas,
Les comento, soy absolutamente nuevo en el ambito penal, dando mis primeros pasos y bueno, a veces los libros no alcanzan. Tengo un par de cuestiones que me generan duda, que aunque parezcan básicas, prefiero preguntar por ignorante que dar explicaciones por buenudo (eufemismo).
El planteo del caso:
A le vende a B una casa que pertenece a C.
C hace la denuncia comentando tal cuestión y supongo que lo elevaron a fiscalia y en cualquier momento oficiarán a la policia a hacer el informe del Art. 60.
C me viene a ver, y yo digo que voy a ver el tema.
Me interesaria agarrar el caso, para ir haciendo mis primeros pasos en penal.
Esto es en Prov. de Bs. As.
Las dudas:
1) Entiendo que hay estafa entre "A" y "B", siendo este ultimo un tercero de buena fe victima de una venta absolutamente engañosa. Eso lo estimo claro. Ahora bien, cual es la tipificación penal en cuanto a "C" (denunciante, propietario) en relación a "A" (vendedor)??
2) Para ir a ver la IPP, es suficiente un "autoriza"??
3) Me puedo constituir como parte querellante?? Entiendo que no, ya que la querella es para delitos de acción privada.
Agradezco los que se tomen el tiempo para darme una mano!
Saludos
Les comento, soy absolutamente nuevo en el ambito penal, dando mis primeros pasos y bueno, a veces los libros no alcanzan. Tengo un par de cuestiones que me generan duda, que aunque parezcan básicas, prefiero preguntar por ignorante que dar explicaciones por buenudo (eufemismo).
El planteo del caso:
A le vende a B una casa que pertenece a C.
C hace la denuncia comentando tal cuestión y supongo que lo elevaron a fiscalia y en cualquier momento oficiarán a la policia a hacer el informe del Art. 60.
C me viene a ver, y yo digo que voy a ver el tema.
Me interesaria agarrar el caso, para ir haciendo mis primeros pasos en penal.
Esto es en Prov. de Bs. As.
Las dudas:
1) Entiendo que hay estafa entre "A" y "B", siendo este ultimo un tercero de buena fe victima de una venta absolutamente engañosa. Eso lo estimo claro. Ahora bien, cual es la tipificación penal en cuanto a "C" (denunciante, propietario) en relación a "A" (vendedor)??
2) Para ir a ver la IPP, es suficiente un "autoriza"??
3) Me puedo constituir como parte querellante?? Entiendo que no, ya que la querella es para delitos de acción privada.
Agradezco los que se tomen el tiempo para darme una mano!
Saludos
Lo que hubiera podido ser, no existe...