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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #874432  por julio14
 
Cuales son los pasos legales a seguir para que una hija – soltera - ceda la tenencia (en forma provisoria) de su hija de 7 años – no reconocida por el padre biológico – a los abuelos ( padre y madre biológicos de la mamá).
1º.- La situación es que la madre no tiene trabajo, ni vivienda, no puede mantener a su hija y por lo tanto, no tiene obra social;
2º.- La niña necesita de un tratamiento odontológico y de reeducación fonético;
3º.- La obra social IOMA exige (para ser incluida como afiliada) que los abuelos (que son los que gozan de esa obra social) tengan la tenencia de la niña;

Agradeceré cualquier opinión acerca de los pasos a seguir en la provincia de Buenos Aires para obtener esa tenecia.
 #874744  por julio14
 
Buen día, desde ya agradecido por su repuesta, pero no conozco los alcances de la "guarda" ni como y dónde se solicita. Si usted me pudiera aclarar un poco más se lo agradecería. Un saludo, Julio14.
 #874786  por Tiburcio
 
La guarda la puede otorgar por escritura pública. Consultá a un escribano.
 #875079  por julio14
 
Santiheladero, voy a seguir tu consejo. Nuevamente, gracias.

En cuanto a tu opinión, Tiburcio, si yo tuviera conocimientos de derecho como un abogado no estaría haciendo estas consultas, es una lástima que te sientas molesto, a veces hay que ser solidario con quien no posee tus conocimientos. Un saludo y espero que reflexiones.
 #877046  por Tiburcio
 
Rspondí en la creencia de que la consulta la hacía un colega. Este no es un sitio para hacer consultas por particulares.