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Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #853857  por Loba11
 
Colegas a quien pueda responder, tengo que presentar un multinota ante la AFIP por no autorizar la compra de dólares.
El tema es el siguiente: se firmó un boleto de compra-venta por la compra de un departamento a construir pactando las cuotas en dólares, mi pregunta es si tengo que fundamentar el perjuicio y los derechos violados con mención de los artículos constitucionales, o simplemente explico el compromiso asumido y solicito la cantidad de dólares necesarios?.
Lo que escriba en la multinota no incide en futura demanda judicial?.
Y en caso de no tener una respuesta inmediata, podría presentar un amparo antes de agotar la vía administrativa?

Gracias!!
 #854145  por vyktor50
 
Disculpa que no responda a tu inquietud, ya que vi en tu relato algo que no sé. Cómo es el tema de la multinota a la afip??? Es un formulario, reclamo, o qué? Me podrías asesorar respecto de esto, porque tengo una clienta con ganas de iniciar un amparo por este tema, pero no estoy al tanto de la MULTINOTA???

Gracias.
 #856700  por carolinegb
 
La multinota es un formulario preimpreso que te dan en la Agencia, a los efectos de presentar casi cualquier solicitud.
Para inciar un amparo no hace falta agotar la vida administrativa.
Te recomiendo que adjuntes a la multinota toda la documental pertinente.
Que te sellen copia.
Si queres podes fundar en derecho, no hace falta.
Si tu cliente tiene capacidad contributiva para acceder a la compra de los dolares solicitados, atento al contrato celebrado en cuestión, deberían autorizarlo.
 #858599  por coque
 
estuve en afip rosario, pregintando lo mismo, me dijeron que reciben los papeles pero que no resueven, por ahora solo esta regulado lo de las vacaciones, a mi me pasa lo mismo y mi acreedor( tierra de sueños ) un barrio abierto, me toma pesos a 5.30=1 USS, esto es legal o deberian cobrarme a valor de un dolar aficial? les agradeceria que me respondan
 #858946  por zaffaroni
 
manda una carta documento a la AFIP y luego inicá amparo.
 #873681  por danher
 
Con fecha 29/05 cargue en el modulo viajes al exterior una solicitud de viaje al exterior para visitar a fliar. por 15 dias aprox. y me dieron la aprobacion del monto solicitado. Posteriormente, el 01 de junio, luego de empezado el mes, momento en que se actualizaban la posibilidad de comprar moneda extranjera para atesoramiento por el modulo “CONSULTAR SITUACION ANTE LA AFIP”, consulte para realizar la operacion cambiaria por un monto similar al que me aprobaban en los meses anteriores, y resulto que el sistema me dio su aprobacion, y de esa forma, procedi a adquirir la moneda extranjera por homebanking. Ahora bien, luego de un mes, recibo una intimacion de la afip, a fin de junio, donde requerian que justifique la salida del pais por haber comprado moneda extranjera por el RG 3333/12. Explique la situacion que te detallo por escrito a la afip, y me informaron (quizas amenazaron) a abrirme un sumario… Mi consulta es que sancion tributaria y cambiaria me pueden aplicar, si es que es sancionable, dado que el boleto de cambio que me emitio el banco y entregue a la AFIP se confecciono con el codigo BCRA 856-COMPRA DE BILLETES PARA ATESORAMIENTO.? Ahora ha surgido en las noticias que “exhortaran”/”intimaran” a la devolucion de los USD (circunstancia que no tendria inconvenientes si me reconocen el error de los sistemas de afip)… Que consideras que puedo hacer para cerrar esto, ya que mi intencion no fue hacerme el vivo, y la suspension del viaje se debio a la falta de recursos, producto a un empeoramiento de mi panorama laboral (la empresa donde trabajo se vendio -fue una noticia publica- y es altamente probable que pierda el empleo)
 #874958  por vyktor50
 
danher escribió:Con fecha 29/05 cargue en el modulo viajes al exterior una solicitud de viaje al exterior para visitar a fliar. por 15 dias aprox. y me dieron la aprobacion del monto solicitado. Posteriormente, el 01 de junio, luego de empezado el mes, momento en que se actualizaban la posibilidad de comprar moneda extranjera para atesoramiento por el modulo “CONSULTAR SITUACION ANTE LA AFIP”, consulte para realizar la operacion cambiaria por un monto similar al que me aprobaban en los meses anteriores, y resulto que el sistema me dio su aprobacion, y de esa forma, procedi a adquirir la moneda extranjera por homebanking. Ahora bien, luego de un mes, recibo una intimacion de la afip, a fin de junio, donde requerian que justifique la salida del pais por haber comprado moneda extranjera por el RG 3333/12. Explique la situacion que te detallo por escrito a la afip, y me informaron (quizas amenazaron) a abrirme un sumario… Mi consulta es que sancion tributaria y cambiaria me pueden aplicar, si es que es sancionable, dado que el boleto de cambio que me emitio el banco y entregue a la AFIP se confecciono con el codigo BCRA 856-COMPRA DE BILLETES PARA ATESORAMIENTO.? Ahora ha surgido en las noticias que “exhortaran”/”intimaran” a la devolucion de los USD (circunstancia que no tendria inconvenientes si me reconocen el error de los sistemas de afip)… Que consideras que puedo hacer para cerrar esto, ya que mi intencion no fue hacerme el vivo, y la suspension del viaje se debio a la falta de recursos, producto a un empeoramiento de mi panorama laboral (la empresa donde trabajo se vendio -fue una noticia publica- y es altamente probable que pierda el empleo)
Disculpame, sos abogado?