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  • Oficio en extraña jurisdicción

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #875271  por MCD
 
Foristas:
Tengo que confeccionar un oficio para la inscripción de una sentencia de divorcio.
El divorcio tramitó en Capital Federal pero el oficio debo dirigirlo al Registro de las Personas de Corrientes.
Es igual que el oficio común? Tiene algunas características distintas o propias?
Gracias por su ayuda
Saludos
 #875286  por kantaclaro
 
Será un oficio que contenga los requisitos de la ley 22172. Sds
 #875535  por gusgus
 
deberias consultar en el Registro de Corrientes...

en principio es como te dice kantaclaro....

por ejemplo, en pcia para inscribir divorcio de extraña jurisdiccion:
1. Sentencia proveniente de Capital Federal o de cualquier provincia que no sea Buenos Aires se debe presentar:
o Testimonio de la sentencia judicial (ley 22.172), legalizada por la Cámara de Apelaciones y con su correspondiente sello de agua.
o IMPORTANTE: ver que en estos documentos emitidos por el Juzgado o Tribunal, se encuentren cumplidos todos y cada uno de los recaudos exigidos por los arts. 3, 7 y 8 de la ley 22.172.
o En dicho instrumento, consignar todas las circunstancias del matrimonio: nombres completos y datos completos de los contrayentes, fecha y lugar de celebración, número de Acta, Folio y Sección, etc.. Autorizar al diligenciamiento de los mismos a los fines de su inscripción (art. 3 ley 22.172) al Dr. xxxxxxxxxx (debe ser un abogado matriculado en provincia quien redacta, firma y presenta en la caja un oficio)
o Enviar junto con el testimonio, copia del acta de matrimonio.
 #875592  por MCD
 
MUCHAS GRACIAS POR TU EXPLICACIÓN Y GENEROSIDAD!!!
SALUDOS!!!