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  • Contra socio gerente, dos dudas

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #791399  por DraLila
 
Buenas noches foristas. Tengo dos dudas que necesito sacarme a ver si me pueden ayudar:

Trabajo en negro para una SRL. Se hizo el intercambio telegrafico con ésta, dejando a salvo la responsabilidad del socio gerente. Fuimos al Seclo, vino el socio gerente con el letrado. En la primer audiencia amplié contra el mismo, y se notificó en el acto, tuvimos una segunda a la cual vino tambien, no hubo acuerdo y cerramos.

Preparando la demanda me surgieron unas dudas

1) Si bien reservé en el telegrama enviado a la SRL de hacer reserva de la responsabilidad solidaria del gerente, nunca le envié telegrama a este. Tendré problemas por esto?

2) Tengo que denunciar el domicilio del socio gerente, entiendo que los gerentes constituyen domicilio al constituir la sociedad y seria igual que el domicilio de la sede social, o sea que es como una especie de domicilio constituido (alguien experto en sociedades lo debe saber, no es mi caso!), como obtengo dicho domicilio, en el Registro Publico de Comercio, IGJ, Boletin oficial???

Muchas gracias a todos de antemano
 #791432  por MORGAN
 
no hace falta intimar a todos, es suficiente con haber requerido a cualquiera de los principales y luego traer a juicio a todos los responsables, solo hay que explicar en la demanda y en detalle porqué se trae a juicio a fulanito, menganito, etc. se puede intimar a 1 y traer a juicio a 10.
al gerente como a cualquier otra persona debe notificárselo de la acción en el domicilio "real", no en otro. se averigua en el registro de las personas, policía federal, cámara nacional electoral, que informen el mismo.
 #802887  por Pablita
 
MORGAN escribió:no hace falta intimar a todos, es suficiente con haber requerido a cualquiera de los principales y luego traer a juicio a todos los responsables, solo hay que explicar en la demanda y en detalle porqué se trae a juicio a fulanito, menganito, etc. se puede intimar a 1 y traer a juicio a 10.
al gerente como a cualquier otra persona debe notificárselo de la acción en el domicilio "real", no en otro. se averigua en el registro de las personas, policía federal, cámara nacional electoral, que informen el mismo.
Hola Morgan, me paso algo parecido, solo que a la codemandada solidaria, como empece a intervenir ya intimado el despido indirecto, le mande los telegramas reclamando luego, y en la contestación de demanda, la empresa q demando solidariamente expresa que los intime tardíamente...y no encuentro ni jurisprudencia ni doctrina sobre este tema en particular!! te agradecería si tenes jurisprudencia....Gracias!!!!
 #802957  por eltam88
 
En este momento juris no tengo, pero basate en que el deber de buena fe, es decir vos intimaste a quien era tu empleador, es decir cumpliste con tal obligación, era respecto de este a quien debías intimar para el saneamiento de los incumplimientos injuriantes.
 #803142  por Pablita
 
Ok, muchisimas gracias por la respuesta!!!
Saludos!!!
 #867879  por marifigue
 
Buenas noches, les hago una consulta, un trabajdor..que presto tareas (en el recibo de sueldo, con registracion defectuosa, esta como empleador una srl) esa srl eta constituida por dos socios, el empleador y su mujer.
al ser despedido sin causa mi cliente, mande telegrama a la srl, como a los dos socios por ser socios gerentes, para de este modo, conforme ley 19550, respondan solidaria e ilimitadamente.
pero la duda aca es la siguiente...en la REALIDAD.. ella respondia a ordenes de dos personas concretas..al hombre antes mencionado, que conforma la srl que figura en el recibo y para otro hombre ( que en la practica llamaban "socio") pero que no es legalmente mienbro de la sociedad.
cuando envio el telegrama tanto a la srl..como al socio grente, tambien deberia intimar a este empleador que acutaba como socio pero no figura como tal en la constitucion de la srl? yo digo como para presionar y que sepan que en jucio lo voy a demandar como socio oculto...mi duda es en caracter de que y como seria el telegrama para esta persona en particular. Muchas gracias!
 #867906  por flux
 
Hola Morgan, me paso algo parecido, solo que a la codemandada solidaria, como empece a intervenir ya intimado el despido indirecto, le mande los telegramas reclamando luego, y en la contestación de demanda, la empresa q demando solidariamente expresa que los intime tardíamente...y no encuentro ni jurisprudencia ni doctrina sobre este tema en particular!! te agradecería si tenes jurisprudencia....Gracias!!!!
A mi tambien me lo opusieron, pero se contesta facil, se intima al empleador, no a quien no lo es.

La solidaridad del socio gerente no es directa por ser empleador, sino que deriva de fuente legal (54 y 59 LSC) y en ningun lugar esa ley pone un requisito de previo intime al socio gerente para poder hacerla efectiva. Es una solidaridad que se basa en que la jurisprudencia considera al trabajo clandestino como uno de los supuestos de fraude de esos articulos por el cual el socio gerente seria responsable.

Fijate ademas si en la contestacion de las cartas que mandaste ese socio gerente firmo por la SRL, no podria alegar desconocimiento del reclamo si el, aunque sea en calidad de representante, intervino en tales misivas.
 #875651  por trufus
 
MORGAN escribió:no hace falta intimar a todos, es suficiente con haber requerido a cualquiera de los principales y luego traer a juicio a todos los responsables, solo hay que explicar en la demanda y en detalle porqué se trae a juicio a fulanito, menganito, etc. se puede intimar a 1 y traer a juicio a 10.
al gerente como a cualquier otra persona debe notificárselo de la acción en el domicilio "real", no en otro. se averigua en el registro de las personas, policía federal, cámara nacional electoral, que informen el mismo.
Estimado Morgan, he encontrado en tu respuesta lo que había estado buscando hace días en doctrina y/o jurisprudencia.
Así, vino a verme un cliente (con el intercambio epistolar hecho) que fue empleado de un bar, donde cumplia tareas de barman, desde el inicio de la relacion laboral hasta su conclusión pasaron varios patrones (nunca lo registraron); la cosa es que el intercambio pistolar consecuencia del cual se da por despedido indirectamente mi cliente se practico solo con el ultimo empleador.
Ahora que estoy trabajando en la demanda y, los estoy trayendo a todos los empleadores como accionados ¿ello es correcto?
Si bien el contrato de trabajo fue uno solo, en el mismo lugar, haciendo las mismas tareas, en identicos horarios, me surgía la duda si podía o no traer la juicio a los todos los empleadores por más que no hayan sido participe del intercambio epistolar???.-
Agradecería tu opinión. Sldos.
 #875864  por MORGAN
 
exacto, no es necesario notificar ni intimar a todos los anteriores, se los puede traer directamente a juicio. a veces se hace, sirve para presionar ó forzar un acuerdo. en la mayoría de los casos es en vano.