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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #875217  por dramariangeles
 
Caso: Una persona, cobra desde hace 4 años aprox. una pensión por discapacidad del Min. de Desarollo Social y desde hace 4 meses otra por fallecimiento de conyuge del ANSES. En el momento del inicio de tramite se informo acerca del cobro de la 1º pensión en el ANSES, donde se informo que no eran incompatibles. Este mes mi cliente no percibio haberes y en el Anses figura "suspensión preventiva" lo mismo en el Min. de Desarrollo Social. Nadie sabe decir cuales son las razones de la suspensión de la pension por discapacidad, en el Min. suponen que hubo una cruza de datos y que no se pueden percibir ambas pensiones. El tema es que dice "suspensión preventiva" y no baja. Alguien podria orientarme acerca de que puede estar pasando y que medidas tomar?
 #875303  por dramariangeles
 
arandu2 escribió:La pension de Anses es con moratoria?
Hola, no ninguna de las dos es con moratoria, la de ANSES es por fallecimiento de conyuge, empezo a cobrarla en febrero.
A partir de este mes ya no pudo cobrar la de discapacidad (Min. Desarrollo) y que cobra desde hace años.. Dice suspension preventiva, lo cual no estiendo, ya que si se la quitaron debio decir baja, o no?
 #875321  por dramariangeles
 
pilar77 escribió:tendrías que ir a la UDAI con la baja de la no contributiva, seguramente ese sea el problema!!!
Hola Pilar, el tema es que no notificaron de la baja, sino que se enteraron cuando fueron a cobrar la pension por discap.!! Todo de cuarta.
Pense en mandar una CD al Min. de Desarrollo intimando a explicitar motivos de la suspensión preventiva y hacer el reclamo por los haberes impagos. Qué opinan?
 #875360  por hugo2
 
dramariangeles escribió:
pilar77 escribió:tendrías que ir a la UDAI con la baja de la no contributiva, seguramente ese sea el problema!!!
Hola Pilar, el tema es que no notificaron de la baja, sino que se enteraron cuando fueron a cobrar la pension por discap.!! Todo de cuarta.
Pense en mandar una CD al Min. de Desarrollo intimando a explicitar motivos de la suspensión preventiva y hacer el reclamo por los haberes impagos. Qué opinan?
Tal cual como dice Pilar, las 2 cosas no puede cobrar.
 #875435  por dramariangeles
 
noelin escribió:SON LAS TIPICAS VIAS DE HECHO PARA UN AMPARO. BUSCA EL Nº DE LEY X EL CUAL LE DIERON LA PNC Y POSTEALO Q VEMOS
Acá encontre una ley y un decr en la pag. del Min. No encuentro la Ley Nº 18.910, si el decr 432/97
Unicamente que hayan aplicado el art 20"Por incompatibilidad con otras prestaciones a partir de la fecha en que se produjo esa situación" , el tema es que no notificaron, es solo un supuesto. La persona se entero de la suspension porq fue al Bco.

El Decr. completo:

http://www.buenosaires.gov.ar/areas/jef ... ec_432.pdf
 #875470  por noelin
 
PERO HAY MUCHAS POR DISTINTAS LEYES, SI PEDIS UN ANME EN ANSES TE DIRA BAJO Q LEY SE LA DIERON; QUIZA TU CLIENTE TENGA LA CARTA DONDE LE NOTIFICAN EL ACUERDO. CUANDO SEPAS Q LEY ES LA PENSION RECIEN SABRAS SI ES O NO COMPATIBLE. HAY UN CUADRO DE COMPATIBILIDADES, POR ESO ES IMPORTANTE Q URGENTE AVERIGUES DE Q LEY ES.
 #875491  por zaffaroni
 
noelin escribió:PERO HAY MUCHAS POR DISTINTAS LEYES, SI PEDIS UN ANME EN ANSES TE DIRA BAJO Q LEY SE LA DIERON; QUIZA TU CLIENTE TENGA LA CARTA DONDE LE NOTIFICAN EL ACUERDO. CUANDO SEPAS Q LEY ES LA PENSION RECIEN SABRAS SI ES O NO COMPATIBLE. HAY UN CUADRO DE COMPATIBILIDADES, POR ESO ES IMPORTANTE Q URGENTE AVERIGUES DE Q LEY ES.
ESO ES PARA LAS NACIONALES :shock: SI ES PROVINCIAL ES INCOMPATIBLE DESDE YA TE DIGO Y ESTA BIEN DADA DE BAJA, Y DE RECLAMAR HABERES IMPAGOS NI HABLAR. LO QUE SI CORRESPONDE ES QUE NOTIFIQUEN A LA TITULAR.
 #875703  por diegomdp
 
segun los datos que informan en los medios (no se si seran verdad hay 1.300.000 pensiones no contributivas) en mi experiencia por lo que he visto y por cosas que me ha contado gente que ha ido de comison a trabajar a desarrollo social, ese organismo es tierra de nadie, se rascan las pelotas a 8 manos no hay reglas ni normas de procedientos, todo es discrecional y es la ley del menor esfuerzo, en la practica he podido corrobar esos dichos he visto muchos casos de gente con pensiones denegadas poruqe tenian a alguien del grupo familiar con ingresos y he visto muchas acordadas inclusive teniendo aportes la misma persona.

se ve que como la caja aprieta y ya no hay plata para seguir haciendo despilfarro, en junio se pusieron a controlar y por ejemplo dieron de baja todas las no contributivas incompatibles con la vuelta a la actividad ejemplo madre de 7 hijos que a su vez trabajaban en blanco y tambien han dado de baja aquellas que son incompatibles con otro beneficio.

Tal cual dijo noelin hay que ver poruqe ley tiene la no contributiva porque sacando las de rentas generales del congreso (aquellas que los diputados y senadores les regalan a sus amigachos) y alguna que otra no contributiva muy particular como la de pioneros de la antartida, premio novel, o presidente de la nacion todas las demas son incompatibles, por eso el motivo de la baja de la misma
 #875713  por noelin
 
CLARO. NO CONOZCO LO DE PCIA. BSAS. PERO EN LA NACION TENES: GRACIABLES, LAS Q DAN LOS LEGISLADORES( ESAS NO SON INCOMPATIBLES POR MI EXPEIRIENCIA);
PNC LAS DESARROLLO SOCIAL , SEGUN DE Q LEY SEAN SON O NO INCOMPATIBLES
POR ESO INSISTO EN Q DIGA Q LEY ES PARA Q LE PODAMOS CONTESTAR, PQ SIENDO NEGATIVOS SIEMPRE EN ANSES, ME SORPRENDE Q LE HAYAN DICHO Q ES COMPATIBLE,
DIEGOMP: DIOS TE CONSERVE EL HUMOR, PQ SIEMPRE ME RIO CON TUS POST, Q ADEMAS REFLEJAN LA CRUDA REALIDAD. SDS
 #876205  por dramariangeles
 
noelin escribió:POR ESO HAY Q CORROBORAR Q SEA INCOMPATIBLE. POSTEA EL Nº DE LEY

Hola chicos. La ley por la cual le otorgaron la pension no contributiva or invalidez es la 18910,pero no envuentro su texto. Si alguien lo tiene completo podria postearlo?.Gracias!