Estimados foristas: mi cliente quiere ejercer su derecho de representación respecto de su madre pre-muerta en la sucesión del marido de ella. Es decir: María tiene 2 hijos con un hombre x (con quien no se casa) , uno actualmente en Buenos Aires y el otro en Mendoza.
Todo trascurre en Mendoza. Luego María se separa de x y se casa con Juancito, con quien tiene 4 hijos más. Juancito fallece, por lo que María y sus 4 hijos con Juancito abren sucesión en Mendoza. Al poco tiempo María se viene a Buenos Aires y fallece aquí.
Entonces el hijo que vive acá quiere abrir el sucesorio aquí de su madre para que lo nombren heredero (debo denunciar al otro hermano que vive en Mendoza?? Por qué si no se queda afuera??) para que con la DH se vaya a Mendoza y ejerza su derecho de representación en el sucesorio de Juancito! El tema es que no existen bienes de María, tendría que agregar un acápite explicando lo de la sucesión de Juancito EN MENDOZA??? Se puede?? el acervo sería la legítima de María??
Soy nuevita, y como es de costumbre nos llegan los casos más enroscados!!!
Todo trascurre en Mendoza. Luego María se separa de x y se casa con Juancito, con quien tiene 4 hijos más. Juancito fallece, por lo que María y sus 4 hijos con Juancito abren sucesión en Mendoza. Al poco tiempo María se viene a Buenos Aires y fallece aquí.
Entonces el hijo que vive acá quiere abrir el sucesorio aquí de su madre para que lo nombren heredero (debo denunciar al otro hermano que vive en Mendoza?? Por qué si no se queda afuera??) para que con la DH se vaya a Mendoza y ejerza su derecho de representación en el sucesorio de Juancito! El tema es que no existen bienes de María, tendría que agregar un acápite explicando lo de la sucesión de Juancito EN MENDOZA??? Se puede?? el acervo sería la legítima de María??
Soy nuevita, y como es de costumbre nos llegan los casos más enroscados!!!