Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • ME CONVIENE PRESENTAR LIQUIDACION?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #876815  por santiheladero
 
Continuo un alimentos donde se le pide al demandado una cuota de $1500. Hoy el sr. no trabaja, no pasa ni un peso, no tiene nada a su nombre. Toda la prueba informativa q pedi me contestaron negativamente, no tengo probados ningun ingreso., Tengo la 2da audiencia ya notificada, no creo q el sr. vaya. Tenia idea denunciar caudal economico del sr, y resulta que aprox la sra me ha pasado unos 800 pesos q podria ganar por viaje (/ Es camionero) . Y respecto de los gastos de le menor, unos 500 pesos mensuales fijos? Me conviene presentar esa liquidacion, dado q no voy a poder probar los ingresos y dar como una pauta en la sentencia, o si la presento me van a bajar el monto q pedi??
 #877015  por MONICASM2431
 
santiheladero escribió:Continuo un alimentos donde se le pide al demandado una cuota de $1500. Hoy el sr. no trabaja, no pasa ni un peso, no tiene nada a su nombre. Toda la prueba informativa q pedi me contestaron negativamente, no tengo probados ningun ingreso., Tengo la 2da audiencia ya notificada, no creo q el sr. vaya. Tenia idea denunciar caudal economico del sr, y resulta que aprox la sra me ha pasado unos 800 pesos q podria ganar por viaje (/ Es camionero) . Y respecto de los gastos de le menor, unos 500 pesos mensuales fijos? Me conviene presentar esa liquidacion, dado q no voy a poder probar los ingresos y dar como una pauta en la sentencia, o si la presento me van a bajar el monto q pedi??
Hola!!: Me parece que por ahora no te convendría apartarte del monto inicial de tu reclamo. Cuando esté firme la sentencia -si es que no solicitaste provisorios- que tu clienta averigüe a qué empresas el sr. le hace los viajes. Entonces ahí sí:practicás liquidación; denunciás en el expte. datos de la empresa y le solicitás al Juez embargo -a trabar en la suma que la empresa le tiene q pagar-. Una vez diligenciado el oficio de embargo; en lugar de abonarle al transportista, la empresa debe retener la suma y depositarla en autos.
Espero te sea útil mi respuesta!. Mónica