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  • DESISTE PRUEBA QUE ME SIRVE!!!!!!!!!

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 #877277  por ppppnn
 
HOLA A TODOS, COMETI EL ERROR DE NO OFRECER PRUEBA MEDICA EN UN JUICIO POR DS Y PS PERO ME QUEDE TRANQUILA CUANDO LA OTRA PARTE SI LA OFRECIÓ EN SU CONTESTE. EN LA AUDIENCIA DEL 360 SE PROVEYERON LAS PRUEBAS Y SE DESIGNO PERITO MÉDICO. EL TEMA ES QUE DESPUES LA DEMANDADA DESISTIÓ DE ESA PRUEBA Y YO ME QUEDÉ SIN LA PERICIAL MÉDICA!!!!!!!! YO PRESENTÉ UN ESCRITO DICIENDO QUE MI PARTE SE PERJUDICA SI LA MISMA SE LLEVA A CABO Y QUE ELLA YA INTEGRABA LAS PRUEBAS DEL PROCESO PERO ME CONTESTÓ ROTUNDAMENTE UN NO HA LUGAR. QUE PUEDO HACER!!!!!!!! SI NO LOS REVISA EL MEDICA NO SE PUEDE VALORAR EL DAÑO!!!!! HAY ALGO QUE PUEDA HACER PARA CONSERVAR ESA PRUEBA. GRACIAS!!!
 #877280  por Doncella_de_Orleans
 
Nada para hacer. Salvo que el juez la ordene como medida para mejor proveer pero dudo.
 #878409  por ppppnn
 
ok, yo inicié demanda al año y medio de sucedido el siniestro, o sea que podría iniciar devuelta, pero el tema es que si yo desisto a esta altura le tengo que correr traslado a la demandada y esta se puede oponer, entonces???
 #878447  por Doncella_de_Orleans
 
EGTRECARGADO escribió:
Doncella_de_Orleans escribió:Nada para hacer. Salvo que el juez la ordene como medida para mejor proveer pero dudo.
:lol: se comió una de las más antiguas chicanas procesales, lo que le queda es comenzar a rezar para que su cliente no la denuncie por mala praxis y le inicie un daños y perjuicios a ud.!!!!

Igualmente para un abogado con experiencia NUNCA NO HAY "NADA QUE HACER", si está en término desde que sucede el hecho y no prescribió la acción, ya sea responsabilidad contractual 10 años o extracontractual 2 años, DESISTE DE LA ACCIÓN, E INICIA UN NUEVO JUICIO (más si tiene importancia el caso y BLSG. mediante....)

*cafe* E.G.T.
(...eso que hace muchos años que dejé de correr ambulancias...ahora corro de los patrulleros :lol: )

Si, y paga las costas del desistimiento, ella.
 #878448  por Doncella_de_Orleans
 
Si es un acc. de tránsito del 2008, supongamos diciembre, prescribía dic. 2010; pongamos un año más por si interrumpió con algo...dic. 2011. Si desiste, no puede iniciar de nuevo, prescribió. Aparte ya dió traslado, necesita a la contraria para desistir. Costas, costas y más costas.
Siga como está que tal vez tiene suerte con otra cosa en el proceso.