Hola a todos, no tengo experiencia en el tema y queria saber que me aconsejan hacer en el siguiente caso: mi cliente adquiere una camioneta cero KM y la concesionaria le ofrece adosarle a la misma algunos accesorios entre ellos una defensa delantera, mi cliente la abona, sin firmar consentimiento alguno y saca la camioneta de la concesionaria con dicho accesorio.- Unos meses mas tarde le llega una multa ya que el uso de la defensa esta prohibido por el art 26 de la ley de tránsito...Esto encuadraria dentro de la ley de defensa del consumidor?,
deberia intimar a la concesionaria a que le reintegren el valor de la defensa prohibida, el valor de la multa y para calcular el daño que parámetros se tienen en cuenta en caso de que la concesionaria le ofrezca algun dinero...el fundamento seria que la concesionaria ofrece a sus clientes accesorios prohibidos por una ley de fondo...
Todo aporte es de gran ayuda....
Mil gracias!!!!!!!!!!
deberia intimar a la concesionaria a que le reintegren el valor de la defensa prohibida, el valor de la multa y para calcular el daño que parámetros se tienen en cuenta en caso de que la concesionaria le ofrezca algun dinero...el fundamento seria que la concesionaria ofrece a sus clientes accesorios prohibidos por una ley de fondo...
Todo aporte es de gran ayuda....
Mil gracias!!!!!!!!!!