Hola foristas, les hago una consulta, respecto a un beneficio de jubilación de un trabajador de la construcción. hace unos meses ya que esta cobrando su jubilación y ahora le llego una notificación que establece lo siguiente
No entiendo que es lo q puede haber pasado; les mando debajo la resolucion, haber si alguien me puede ayudar. GRACIAS
Considerando...
Que se otorga beneficio con alta 3/2012 y fecha inicial de pago 30/10/2011,
Que el titular percibió indebidamente dos cuotas de desempleo, por lo que se descuenta el importe de $480, al 20% mensual con alta al 8/2012
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el art 3 del dcto 2471/91 y art 36 de la ley 24241 y resolucion DEA366/09.
No entiendo que es lo q puede haber pasado; les mando debajo la resolucion, haber si alguien me puede ayudar. GRACIAS
Considerando...
Que se otorga beneficio con alta 3/2012 y fecha inicial de pago 30/10/2011,
Que el titular percibió indebidamente dos cuotas de desempleo, por lo que se descuenta el importe de $480, al 20% mensual con alta al 8/2012
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el art 3 del dcto 2471/91 y art 36 de la ley 24241 y resolucion DEA366/09.
