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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #879720  por dramereu
 
Hola colegas, quisiera saber si opinan como yo, o no? ya tengo el turno pero, a ver....


Resulta que la seguidilla de hechos fue así, 1ero una señora obtiene la PEA (en 2001) luego, al morir su esposo (jubilado), un colega "X" (jeje), EN LUGAR DE TRANSFORMARLA EN JUBILACIÓN ORDINARIA, y luego pensionarla, directamente solicita la baja de la PEA y la pensiona (en 2009), sin solicitar la transformación, la omite totalmente.

Ya se los comentarios que voy a leer, pero ahora yo saqué turno para rehabilitar la PEA y con un escrito voy a pedir su rehabilitación para su posterior conversión en JO, que sí poseía mucho antes de pensionarse (que fue en 2009). QUé opninan? prosperará? jamás lo hice, qué normativa lo menciona? para no quedar sin invocar su derecho.

Saludos.
 #879739  por periquita
 
No tenés que pedir la rehabilitación de la PEA sino directamente la jubilación.

¿Tomaste vista del expediente de la PEA para saber cómo completar los aportes para llegar a los 30 años?

Saludos
 #879742  por zaffaroni
 
periquita escribió:No tenés que pedir la rehabilitación de la PEA sino directamente la jubilación.

¿Tomaste vista del expediente de la PEA para saber cómo completar los aportes para llegar a los 30 años?

Saludos
coincido. rehabilitar pea no tiene sentido, tenes que ir directamente por la jubilacion
 #879801  por dramereu
 
Me dijeron en la UDAI que, como tiene 10 años 5 meses de exceso de edad, más la PEA llega y que lo correcto es pedir rehabilitación y transformación con una nota.


OK! gracias.
 #879806  por periquita
 
dramereu escribió:Me dijeron en la UDAI que, como tiene 10 años 5 meses de exceso de edad, más la PEA llega y que lo correcto es pedir rehabilitación y transformación con una nota.

OK! gracias.
No habías aclarado que ya estaba en condiciones por art. 19. Supusimos que faltaría regularizar algún año de aportes.
Saludos
 #879862  por dramereu
 
ok, yo hice el cálculo, y le falta, pero en la UDAI me dijeron que, al estar aprobada la PEA se podía convertir directamente, mañana voy al turno y les comento cómo me va, yo quise hacer el sicam y llevarlo, qué opinan lo llevo? el tema es que, como está pensionada, van a querer que pague efectivo y la señora no tiene el dinero. El turno me lo dieron como rehabilitación.

Sinceramente, no comprendo porqué cuernos el colega sólo dió baja y no la convirtió en JO antes de pensionarla???!!! La idea es que se pueda jubilar sin pagar de contado por que no tiene el dinero, sería buscar la forma de que ingrese el trámite sin trabarse por la 884, pidiendo la conversión, aplicando el derecho precedente que poseía, antes de entar en vigencia la 884 endemoniada esa!!!

Sino tengo que pedir ese expediente, mañana hago todos los poderes y certificaciones correspondientes.

Gracias.