Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • reconocimiento de servicios!! ayuda por favor

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #879585  por MARIO1943
 
memy escribió:
memy escribió:Es un hombre de 59 años.
la 555/10 en el punto 5 dice:
5. RECONOCIMIENTOS DE SERVICIOS
a) Para hacer valer un Reconocimiento de servicios en otros regímenes provinciales o municipales que exijan requisitos de edad o servicios inferiores al régimen nacional (Resolución 1981/69 CNTA), ANSES debe solicitar las pruebas que acrediten dicha actividad.
b) Los servicios o tiempos de trabajo de carácter autónomo, amparados por las disposiciones de las Leyes Nº 14.236 (art. 16) sobre prescripción liberatoria, 24.476 sobre condonación de deudas y 25.321 sobre renuncia de servicios, deben ser considerados para la determinación de la Caja Otorgante (art. 168 Ley Nº 24.241), por lo que se desestimará el pedido de reconocimiento de servicios para hacerlos valer ante otros regímenes provinciales o municipales de previsión social, si con la consideración de dichos períodos ANSES resulta competente para expedirse sobre el otorgamiento del beneficio (Resolución SSS Nº16/10).

quiero saber que tipo de pruebas me pueden pedir como changador

ESTA CLARA LA RESOLUCION, LA EXIGENCIA DE EDAD EN IPS ES DE 60 ANOS Y ANSES REQUIERE 65, ALTENER ESTE REQUISITO INFERIOR A LAS EXIGENCIA DE ANSES TENES QUE PRESENTAR PRUEBA

PARA PODER INICIARLO EN ANSES
1) TIENE QUE CUMPLIR 65 ANOS
2) HACER QUE LA CAJA OTORGANTE SEA ANSES, COMPRANDO MAS MORATORIA, SI SE PUEDE O INSCRIBIRSE EN MONOTRIBUTO
 #879589  por memy
 
MARIO1943 escribió:
memy escribió:
memy escribió:Es un hombre de 59 años.
la 555/10 en el punto 5 dice:
5. RECONOCIMIENTOS DE SERVICIOS
a) Para hacer valer un Reconocimiento de servicios en otros regímenes provinciales o municipales que exijan requisitos de edad o servicios inferiores al régimen nacional (Resolución 1981/69 CNTA), ANSES debe solicitar las pruebas que acrediten dicha actividad.
b) Los servicios o tiempos de trabajo de carácter autónomo, amparados por las disposiciones de las Leyes Nº 14.236 (art. 16) sobre prescripción liberatoria, 24.476 sobre condonación de deudas y 25.321 sobre renuncia de servicios, deben ser considerados para la determinación de la Caja Otorgante (art. 168 Ley Nº 24.241), por lo que se desestimará el pedido de reconocimiento de servicios para hacerlos valer ante otros regímenes provinciales o municipales de previsión social, si con la consideración de dichos períodos ANSES resulta competente para expedirse sobre el otorgamiento del beneficio (Resolución SSS Nº16/10).

quiero saber que tipo de pruebas me pueden pedir como changador

ESTA CLARA LA RESOLUCION, LA EXIGENCIA DE EDAD EN IPS ES DE 60 ANOS Y ANSES REQUIERE 65, ALTENER ESTE REQUISITO INFERIOR A LAS EXIGENCIA DE ANSES TENES QUE PRESENTAR PRUEBA

PARA PODER INICIARLO EN ANSES
1) TIENE QUE CUMPLIR 65 ANOS
2) HACER QUE LA CAJA OTORGANTE SEA ANSES, COMPRANDO MAS MORATORIA, SI SE PUEDE O INSCRIBIRSE EN MONOTRIBUTO

Lo que le dijeron que haga es que en el anses le realizan el reconocimiento de los 15 años que compro pero el hombre se va a jubilar por provincia(IPS) no por nacion(ANSES). Al hacer esto queda ya registrado y aceptado, entonces cuando tenga los 60 años comienza el tramite de jubilacion por IPS.
se entiende??
 #880054  por pupina02
 
Disculpenme, pero si he leido la resolucion 555/ 10 y salvo que haya interpretado mal la consulta de la colega mi respuesta es correcta.
Inicio varios reconocimientos de servicio en anses de Caseros y Liniers de clientes que compran años para jubilarse por otra caja y solo presento la liquidacion de sicam.
Nunca me pidieron prueba alguna. y siempre me salen favorables.
Distinto seria si pretende que la caja otorgante sea Anses, en cuyo caso si le pediran prueba.
 #880073  por MARIO1943
 
pupina02 escribió:Disculpenme, pero si he leido la resolucion 555/ 10 y salvo que haya interpretado mal la consulta de la colega mi respuesta es correcta.
Inicio varios reconocimientos de servicio en anses de Caseros y Liniers de clientes que compran años para jubilarse por otra caja y solo presento la liquidacion de sicam.
Nunca me pidieron prueba alguna. y siempre me salen favorables.
Distinto seria si pretende que la caja otorgante sea Anses, en cuyo caso si le pediran prueba.
SI LA CAJA OTORGANTE ES ANSES, LOS PERIODOS QUE HAGA POR MORATORIA HASTA EL 09/1993, NO NECESITA PRUEBAS

ESTO DICE LA 55/10


la 555/10 en el punto 5 dice:
5. RECONOCIMIENTOS DE SERVICIOS
a) Para hacer valer un Reconocimiento de servicios en otros regímenes provinciales o municipales que exijan requisitos de edad o servicios inferiores al régimen nacional (Resolución 1981/69 CNTA), ANSES debe solicitar las pruebas que acrediten dicha actividad.

EL OTRO REGIEMEN ES IPS Y LA EXIGENCIA EN CUANTO A LA EDAD ES DE 60 ANOS, LA EXIGENCIA D E ANSES ES DE 65 ANOS,
DE ACUERDO A ESTE ENUNCIADO TIENE QUE PRESENTAR PRUEBA , YA QUE EL OTRO REGIMEN ( IPS) EXIGE MENOS EDAD
 #880188  por memy
 
pupina02 escribió:Disculpenme, pero si he leido la resolucion 555/ 10 y salvo que haya interpretado mal la consulta de la colega mi respuesta es correcta.
Inicio varios reconocimientos de servicio en anses de Caseros y Liniers de clientes que compran años para jubilarse por otra caja y solo presento la liquidacion de sicam.
Nunca me pidieron prueba alguna. y siempre me salen favorables.
Distinto seria si pretende que la caja otorgante sea Anses, en cuyo caso si le pediran prueba.

ust interpreto bien, ahora lo que no queda claro es si me pedirán o no pruebas para la actividad de changador, código 981. gracias
 #880338  por pilar77
 
Hola gente! respecto a este tema vean la Cicular esa que les cité más arriba, salió ayer.
Al parecer IPS devolvió muchos Exptes. por el tema de las pruebas, y ahora ANSES tiene que ratificar o rectificar los servicios autónomos. Igualmente de la lectura de esa Circular yo entiendo que no hacen falta pruebas, salvo en el caso de los períodos no prescriptos que difieran con el PUC de la AFIP, pero en este último caso es éste último organismo el competente para exigir pruebas, no ANSES... así por lo menos lo interpreto yo.
 #880643  por Alely31
 
Hace el reco de anses con la impresion de la moratoria por SICAM, no t epiden nada mas que eso ellos te reconocen los años que vos le pidas, pero no tenes que tener nada de deudas, ni siquiera centavos, porque la caja de la provincia no lo toma como bagatela y cuando lo retiren de Anses, junto con todo los formularios que te solicitan en la Provincia tenes que presentarlo, segun que regimen de la provincia es la cantidad de copias del expediente que debes presentar pero siempre el original queda en el IPS
 #880705  por layeya
 
Alely31 escribió:Hace el reco de anses con la impresion de la moratoria por SICAM, no t epiden nada mas que eso ellos te reconocen los años que vos le pidas, pero no tenes que tener nada de deudas, ni siquiera centavos, porque la caja de la provincia no lo toma como bagatela y cuando lo retiren de Anses, junto con todo los formularios que te solicitan en la Provincia tenes que presentarlo, segun que regimen de la provincia es la cantidad de copias del expediente que debes presentar pero siempre el original queda en el IPS
Si haces el reco así, en la resolución de ANSES va a decir "solo válido para ser utilizado ante Anses" y cuando vayas a la Caja te lo rebotan. Desde la 555 sale así.
Por eso tenes que presentar pruebas, intentá con testigos o una información sumaria, pero no se si va a resultar.
 #1114670  por hector2015
 
buenas tardes. Siguiendo la pregunta y la información brindada, y debiendo completar una presentación similar la pregunta concreta es qué texto resulta adecuado a la presentacion de testigos que acrediten actividad autónoma. O bien en formato de información sumaria ?.