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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #879996  por Zamba1
 
Hola Foristas, les escribo por lo siguiente a ver si alguno me puede dar una mano:

Yo tramité un juicio por alimentos en CABA y el Juez resolvió fijar la suma de pesos UN MIL ($ 1000) desde la fecha de convocatoria a la etapa de mediación previa obligatoria.
El demandado, padre de la menor (12 años), nunca se presentó en las actuaciones y no me quedaba otra que notificarlo bajo responsabilidad de la actora.
Asimismo, jamás abonó cuota alguna de las fijadas por el juez, lo que sabemos es que vive con la madre, no tiene nada a su nombre y no registra trabajo en blanco. Por lo tanto es muy difícil de agarrar.
Por tal motivo, decidí que era bueno anotarlo en deudores alimentarios. Para ello presenté un escrito solicitando al Juez me autorice a tal fin y me proveyó lo sgte:
“Agréguese y, no habiéndose denunciado incumplimiento alguno en relación a la cuota alimentaria fijada en la sentencia cuya notificación se acredita con la diligencia que se acompaña, desestímase –en el estado actual de autos- lo solicitado en el escrito a despacho”.-

¿Qué es lo que debo hacer?
¿Cómo denuncio el incumplimiento?
¿Corresponde iniciar incidente de ejecución de sentencia?
Muchas gracias.
 #880099  por lunita_44
 
noo en ese escrito deberias haber denunciado el incumplimiento.. se abrio cuenta p q el demandado deposite los alimentos??? se la notificaste??? si ello es asi acompañas movimiento de bco, mismo escrito, denuncia incumplimiento, acompaña movim de cuenta q lo acredita y solicitas medidas...
 #880406  por Zamba1
 
Si, la sentencia ya fue notificada.
La cuenta no fue abierta todavía, la abro y luego denuncio el incumplimiento? O lo denuncio sin esperar mediante por un nuevo escrito?
Con esto sólo ya encamino o veo de hacer algo más?
Gracias.