Hola amigos del Foro, me llego un cliente al cual la municipalidad le inicio juicio de apremio por deuda de tasas minicipales, ahora bien, mi cliente anteriormente realizo convenio de pago el cual al no pagarlo durante tres meses se le cayo, fue a la municipalidad a querer pagar los tres meses juntos, le dijieron que ese convenio se habia caido y que se debia hacer otro, por lo cual mi cliente accede a realizar el nuevo convenio y tambien le hacen un convenio de 5 cuotas por costas judiciales. el tema es que ya habiendo pagado la primer y segunda cuota del nuevo convenio, le llega la notificacion del inicio del juicio de apremio, es decir que el juicio se inicio, mi cliente sin estar notificado fue a regularizar, le hicieron convenio, pero no desistieron del juicio.
Ahora mi pregunta es, me presento en el expediente y interpongo excepción de pago documentado, que creo que dice total, no seria este caso, o excepción de Plazo concedido expresamente por acto administrativo y documentado. cual seria el acto administrativo?
si no me presento queda mi cliente como rebelde!
me queda poquito tiempo para contestar, espero sus comentarios
Ahora mi pregunta es, me presento en el expediente y interpongo excepción de pago documentado, que creo que dice total, no seria este caso, o excepción de Plazo concedido expresamente por acto administrativo y documentado. cual seria el acto administrativo?
si no me presento queda mi cliente como rebelde!
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