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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #881891  por esyro
 
Estimados del Foro, agradeceré algún comentario sobre el siguiente tema:

Desde su implementación el SICAM en la pestaña "Liquidación - Situación de Revista" nos indica que: "Transitoriamente el sistema no permite calcular en un mismo período actividades autónomas y monotributistas".

Entonces, para un caso que está registrado como Autónomo y además como Monotributista, con pagos efectuados en ambos sistemas, como se realiza la Determinación de Deuda.

Pregunta: ¿Se deben efectuar dos liquidaciones? ¿Aplicando en Beneficios alguna de las alternativas de prescripciones, para excluir en cada caso lo que no corresponde? Tener en cuenta que los Períodos son No Prescriptos.

O el Sistema tiene reglamentado alguna forma para presentar los F 558 con la Situación de Revista completa (Autónomo + Monotributista), en el Manual del Usuario no lo encontré.

Saludos
 #881909  por exjefe
 
esyro escribió:Estimados del Foro, agradeceré algún comentario sobre el siguiente tema:

Desde su implementación el SICAM en la pestaña "Liquidación - Situación de Revista" nos indica que: "Transitoriamente el sistema no permite calcular en un mismo período actividades autónomas y monotributistas".

Entonces, para un caso que está registrado como Autónomo y además como Monotributista, con pagos efectuados en ambos sistemas, como se realiza la Determinación de Deuda.

Pregunta: ¿Se deben efectuar dos liquidaciones? ¿Aplicando en Beneficios alguna de las alternativas de prescripciones, para excluir en cada caso lo que no corresponde? Tener en cuenta que los Períodos son No Prescriptos.

O el Sistema tiene reglamentado alguna forma para presentar los F 558 con la Situación de Revista completa (Autónomo + Monotributista), en el Manual del Usuario no lo encontré.

Saludos
Hola.
He leido post en donde dicen que ahora se pueden liquidar actividades silmultaneas en SICAM. pero como no se me ha presentado caso no puedo afirmar que eso sea correcto.
La Resolucion 3062/11 te ayudara a delucidar tu planteo.
En casos similares yo he solicitado a AFIP una liquidacion parcial de Monotributo y por Sicam he liquidado la parte autonomo. Tambien puede ser viceversa. y Te presentas en Anses con las dos liquidaciones.
Saludos.
 #881939  por anibal martin
 
Es un tema complicado. He tenido casos que salieron bien y en otro Anses denegò el Beneficio pues la Liquidaciòn Parcial hecha por Afip - por medio de los F. 558 - fue considerada còmo deuda impaga y ahì comenzò todo el dislate. Hoy estamos discutiendo vìa Reconsideraciòn...pero en primera instancia - en Anses - fue denegado el Beneficio. Puedo ser que otros Foristas hayan tenido mejores experiencias en cuyo caso serìa buena seguir todo el "itineri" recorrido para no pisar el palito. En los casos que manejas todos ellos eran Profesionales, (Abogado, Contador, Psicòloga, etc.) todos con doble inscripciòn. amf.