Buen día, una consulta.
El sistema de mediacion prejudicial obligatoria es nuevo en la Pcia de Bs. As. Mi pregunta es sobre los honorarios del letrado del requirente. En caso de llegar a un acuerdo el requerido debe pagar los honorarios de éste (aparte del que arreglemos con nuestro representado)? en ese caso existe un porcentaje fijo o de qué forma se establece?
Gracias por sus aportes. Saludos
El sistema de mediacion prejudicial obligatoria es nuevo en la Pcia de Bs. As. Mi pregunta es sobre los honorarios del letrado del requirente. En caso de llegar a un acuerdo el requerido debe pagar los honorarios de éste (aparte del que arreglemos con nuestro representado)? en ese caso existe un porcentaje fijo o de qué forma se establece?
Gracias por sus aportes. Saludos