Estoy armando un SICAM. La señora jubilable, se inscribió en Marzo de este año para completar los años de aporte. Quiero tomar de MARZO a JULIO inclusive y en sit. de revista al no tener la baja me sale hasta agosto (que no está pago). ¿¿¿Puedo renunciar el mes de agosto aplicando el beneficio del art 1 ley 25321, para producir el cese en julio ???? Muchisimas gracias.-
DeniCrane escribió:Estoy armando un SICAM. La señora jubilable, se inscribió en Marzo de este año para completar los años de aporte. Quiero tomar de MARZO a JULIO inclusive y en sit. de revista al no tener la baja me sale hasta agosto (que no está pago). ¿¿¿Puedo renunciar el mes de agosto aplicando el beneficio del art 1 ley 25321, para producir el cese en julio ???? Muchisimas gracias.-SI, PODES RENUNCIAR AGOSTO, PERO TAMBIEN DESPUES DALE LA BAJA EN LA PAGINA D E AFIP
