Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Exceso de edad ¿que fecha se considera?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #884475  por DeniCrane
 
Tengo pensado enviar hoy 27 de agosto un plan (Sicam) luego de calcular la deuda veo que me dice:
Fecha de envío del plan: 27/08/2012
Fecha de consolidación del plan: 01/08/2012

Mi pregunta es: ¿Qué fecha toma el iniciador para calcular el exceso de edad: ¿la fecha del ENVÍO, la de CONSOLIDACIÓN, o la del día del TURNO?
Porque el exceso de edad de mi cliente se cumple el 4/08/2012, osea que si toman la fecha de consolidación estoy en el horno.
Si es así esperaré hasta el sábado que viene (01/09) para no tener dudas. ¿Alguien me lo aclara por favor?
 #884487  por alejandra01
 
Ninguna de las 3 fechas, porque la fecha de liquidación del plan puede no ser la misma fecha en la que lo enviás...Vos tenes que tener el exceso de edad llegando a los 30 años, el día que liquidas el sicam. O sea, importará la FECHA DE LIQUIDACIÓN.
Cuando ingresás al sicam si ese día lo liquidás pero no lo querés enviar, te dice: ver última liquidación (hecha)
En esa fecha, la de la liquidación, deben estar cumplidos todos los requisitos para pedir el beneficio.y para que te consideren desde esa fecha de liquidación el retroactivo.
Si lo enviás ese mismo día, estará bien también, y si lo énviás más adelante (ese sicam liquidado) estará bien también...
DeniCrane escribió:Tengo pensado enviar hoy 27 de agosto un plan (Sicam) luego de calcular la deuda veo que me dice:
Fecha de envío del plan: 27/08/2012
Fecha de consolidación del plan: 01/08/2012

Mi pregunta es: ¿Qué fecha toma el iniciador para calcular el exceso de edad: ¿la fecha del ENVÍO, la de CONSOLIDACIÓN, o la del día del TURNO?
Porque el exceso de edad de mi cliente se cumple el 4/08/2012, osea que si toman la fecha de consolidación estoy en el horno.
Si es así esperaré hasta el sábado que viene (01/09) para no tener dudas. ¿Alguien me lo aclara por favor?
 #884490  por DeniCrane
 
alejandra01 escribió:Ninguna de las 3 fechas, porque la fecha de liquidación del plan puede no ser la misma fecha en la que lo enviás...Vos tenes que tener el exceso de edad llegando a los 30 años, el día que liquidas el sicam. O sea, importará la FECHA DE LIQUIDACIÓN.
Cuando ingresás al sicam si ese día lo liquidás pero no lo querés enviar, te dice: ver última liquidación (hecha)
En esa fecha, la de la liquidación, deben estar cumplidos todos los requisitos para pedir el beneficio.y para que te consideren desde esa fecha de liquidación el retroactivo.
Si lo enviás ese mismo día, estará bien también, y si lo énviás más adelante (ese sicam liquidado) estará bien también...
DeniCrane escribió:Tengo pensado enviar hoy 27 de agosto un plan (Sicam) luego de calcular la deuda veo que me dice:
Fecha de envío del plan: 27/08/2012
Fecha de consolidación del plan: 01/08/2012

Mi pregunta es: ¿Qué fecha toma el iniciador para calcular el exceso de edad: ¿la fecha del ENVÍO, la de CONSOLIDACIÓN, o la del día del TURNO?
Porque el exceso de edad de mi cliente se cumple el 4/08/2012, osea que si toman la fecha de consolidación estoy en el horno.
Si es así esperaré hasta el sábado que viene (01/09) para no tener dudas. ¿Alguien me lo aclara por favor?
Muchas gracias Alejandra fuiste muy clara! Entonces lo envío hoy mismo para no hacer esperar al cliente. Gracias en serio.-