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 #881871  por cecicarla
 
Hola Colegas!!! No me dedico a penal y mucho menos a Recursos pero tengo q resolver un tema urgemte! Para apelar un fallo del Trbunal de Casacion penal de la Provincia de Buenos Aires solo me queda presentar un recurso extraordinario ante la Suprema Corte de la Pcia de Buenos Aires, no? 4erian solo los 3 tipos de recursos enumerados en el Cod PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" Penal de la Pcia? Segun lei tendria 20 dias desde q se notifico de la sentencia? Porque algunos colegas me dijeron q son diez y en ese caso vence el martes y ya hoy tengo q conseguir un colega q se lo prepare!!! De lo contrario tengo una semana mas ... Por favor q alguien me oriente q no tengo tiempo!!!
 #881921  por DrRodrigo
 
Solo te queda la corte. No ejerzo en provincia, así que no se cuales son los plazos. Tendrías que leer en código procesal, de tu jurisdicción, cuales son los plazos.

Saludos.-
 #881945  por cecicarla
 
Gracias Riodrigo, es q el tema es q es justamente en Pcia ... No deberia apelar ante la scba?
DrRodrigo escribió:Solo te queda la corte. No ejerzo en provincia, así que no se cuales son los plazos. Tendrías que leer en código procesal, de tu jurisdicción, cuales son los plazos.

Saludos.-
 #881996  por cecicarla
 
GRacias Rodrigo, encontre el CPP de Pcia son 20 días .. ya lo derive a un colega dedicado en la materia para q haga lo suyo .. muchas gracias ..
DrRodrigo escribió:Si, apelá. Lee el código procesal. Seguro te aclará la forma y los plazos.
 #885955  por PenalistaCBA
 
cecicarla escribió:GRacias Rodrigo, encontre el CPP de Pcia son 20 días .. ya lo derive a un colega dedicado en la materia para q haga lo suyo .. muchas gracias ..
DrRodrigo escribió:Si, apelá. Lee el código procesal. Seguro te aclará la forma y los plazos.

Ejemmmm.... Esa derivación ya no debió hacerlo mucho antessss???... :oops:
 #885978  por cecicarla
 
Si totalmente! solo que vino a ultimo momento y queria advertirle de la urgencia de la cuestion .. ya fue hecha y por suerte encontre un colega que le haga todo a termino y contra reloj.. muchas gracias!!!!
PenalistaCBA escribió:
cecicarla escribió:GRacias Rodrigo, encontre el CPP de Pcia son 20 días .. ya lo derive a un colega dedicado en la materia para q haga lo suyo .. muchas gracias ..
DrRodrigo escribió:Si, apelá. Lee el código procesal. Seguro te aclará la forma y los plazos.

Ejemmmm.... Esa derivación ya no debió hacerlo mucho antessss???... :oops: